Multa de $2.605.000 por comprar recibos públicos para inscribirse o actualizar el RUT

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, anunció que sancionará con ese monto a ciudadanos que están comprando recibos de servicios públicos domiciliarios, para inscribirse o actualizar el Registro Único Tributario.

16 de marzo de 2012

La entidad detectó que personas inescrupulosas están vendiendo el original y copia de los recibos de servicios públicos a las afueras de los puntos de contacto, los cuales son adquiridos por los contribuyentes que por descuido o desinformación no llevan este requisito obligatorio a la hora de hacer el trámite.

La Dian ya está realizando cruces de datos para verificar los contribuyentes que aparecen con el mismo recibo de servicio público domiciliario en la información consignada en el RUT y sancionarlos con base en el artículo 658-3 numeral 4 el cual reza “Sanción por informar datos falsos, incompletos o equivocados, por parte del inscrito o del obligado a inscribirse en el Registro Único Tributario, RUT. Se impondrá una multa equivalente a cien (100) UVT.”

Estos datos corresponden a falsedad en dirección o teléfono, no indicar la calidad de agente retenedor o de responsable de impuesto a las ventas, actividad económica, fecha de iniciación de actividades, omitir responsabilidades o bien utilizar una cédula falsa. Así mismo, por registrar datos equivocados.

Por último se recuerda a la ciudadanía en general que deba realizar inscripción o actualización del Registro Único Tributario qué puede recibir orientación sobre cuáles son los requisitos y cómo se realiza este trámite por medio de las líneas de atención gratuitas 01 8000 129080 a nivel nacional.

En Bogotá al 3256800 ó por medio de la página www.dian.gov.co siguiendo la ruta Servicios al Ciudadano/Trámites.
Las personas pueden obtener la copia de su RUT por internet creando la cuenta de usuario en la opción Servicios Informáticos Electrónicos del portal de la Dian.