Son quince 15 días de vacaciones remuneradas, los cuales se pueden tomar consecutivos o fraccionados teniendo seis (6) días continuos. | Foto: Archivo Particular

Trabajo

¿Qué tener en cuenta a la hora de pedir las vacaciones?

Las vacaciones laborales son un derecho que tiene todo trabajador como descanso remunerado por haber trabajado un determinado tiempo. Por eso, es importante tener claras las condiciones y formas en que se pueden disfrutar de ellas.

4 de diciembre de 2011

Una de las condiciones que muchas personas no saben acerca de las vacaciones,  es que tanto el empleador como trabajador, debe avisar con mínimo 15 días de anticipación que se requieren o que se le darán dichas  vacaciones.

Así mismo, que son quince 15 días de vacaciones remuneradas, los cuales se pueden tomar consecutivos o fraccionados teniendo seis (6) días continuos y los restantes se podrán acumular para ser utilizados en otra ocasión o con la figura de vacaciones compensadas, las cuales se pagaran en dinero y no en tiempo, luego de mutuo acuerdo de ambas partes.
 
Por otro lado, también se debe tener en cuenta que si es empleado público o privado, y si termina el contrato de trabajo sin haber pedido vacaciones por año cumplido, tendrá derecho a que estas se les reconozcan y compensen en dinero por el tiempo trabajado. Sin embargo, en este caso, “El trabajador puede salir perjudicado, ya que la empresa  se las compensa en dinero calculando los 15 días legales hábiles, no días calendario, pues en la práctica, se disfrutan como mínimo de 17 días de vacaciones, porque para completar el tiempo continuo se incluyen dos domingos, los cuales no se cuentan dentro de los días legales de vacaciones” explica Karina Feijóo Gómez, Directora de la Comunidad Virtual www.somosuno.com.co <http://www.somosuno.com.co> de Siesa.
 
Otro aspecto importante, es cuando se liquidan vacaciones colectivas y un trabajador disfruta de ellas sin haber cumplido el año continuo de servicio, tanto la compañía como el empleado debe tener claro  y por escrito, que en caso de que su retiro se produzca antes de completar el año de labor, será responsabilidad de la empresa el descuento y solo se dará si el empleado autoriza dicho descuento. Así mismo, si en las vacaciones se presenta una interrupción, el trabajador tendrá derecho de reanudarlas en otro periodo sin excepción alguna.
 
Cuando se trata de profesionales que trabajan en entidades dedicadas a la lucha contra la tuberculosis y los encargados de rayos X, reciben quince (15) días de vacaciones remuneradas por cada seis (6) meses de servicios prestados. Así mismo, un empleado cuando tiene un accidente de trabajo, enfermedad, incapacidad o licencia de maternidad hasta por (180) días tendrá derecho aun de solicitar sus vacaciones.
 
En cuanto a la liquidación, es necesario saber que si el salario es fijo, éstas serán de acuerdo al sueldo que se devengue en el día en que comience a disfrutar de las vacaciones, sólo se excluirá el valor del trabajo en días de descanso obligatorio y el valor en horas extras; si el salario es variable, las vacaciones se liquidaran con el promedio de lo devengado en el año inmediatamente anterior a la fecha en que se concedan. En ninguno de los dos casos se podrá incluir el auxilio de transporte por no estar dentro de las prestaciones, sin embargo, cabe aclarar que existe un concepto que permite incluirlo cuando son vacaciones de liquidación de contrato.
 
Por su parte las compañías  deberán efectuar el pago de la liquidación por lo  menos cinco días antes a la fecha señalada para iniciar sus vacaciones, con el fin que pueda tener organizado su plan de descanso. Finalmente, el empleado debe tener presente que si no desea tomar sus vacaciones podrá acordar, por escrito, con el empleador que le paguen hasta la mitad en dinero, si así lo requiere.