Seguridad Laboral

Lo que debe saber sobre la ARP y la seguridad social si es teletrabajador

Cada vez más se pone de moda trabajar desde la casa, el parque o desde donde quiera. Las empresas están aceptando el modelo, pero aún quienes deciden trabajar en esta modalidad no saben qué sucede con las condiciones de seguridad social.

25 de julio de 2014

¿Cómo se realizará la afiliación al sistema general de riesgos profesionales?
La afiliación al Sistema General de Riesgos Profesionales se hará a través del empleador, en las mismas condiciones y términos establecidos en el Decreto-ley 1295 de 1994, mediante el diligenciamiento del formulario que contenga los datos especiales que para tal fin determine el Ministerio de Salud y Protección Social, en el que se deberá precisar las actividades que ejecutará el teletrabajador, el lugar en el cual se desarrollarán, la clase de riesgo que corresponde a las labores ejecutadas y la clase de riesgo correspondiente a la empresa o centro de trabajo, así como, el horario en el cual se ejecutarán.

La información anterior es necesaria para la determinación del riesgo y definición del origen de las contingencias que se lleguen a presentar.

El empleador deberá allegar copia del contrato o del acto administrativo a la Administradora de Riegos Profesionales –ARP- adjuntando el formulario antes mencionado, debidamente diligenciado.

¿Qué obligaciones tienen las administradoras de riesgos profesionales ARP con relación al teletrabajador?
Las Administradoras de Riesgos Profesionales – ARP, en coordinación con el Ministerio del Trabajo, deberán promover la adecuación de las normas relativas a higiene y seguridad en el trabajo a las características propias del teletrabajo. Las ARP deberán elaborar una guía para prevención y actuación en situaciones de riesgo que llegaren a presentar los teletrabajadores, y suministrarla al teletrabajador y empleador.

¿Qué normatividad rige las obligaciones del empleador y del teletrabajador en materia de riesgos profesionales?
Las obligaciones del empleador y del teletrabajador en seguridad y previsión de riesgos profesionales son las definidas por la normatividad vigente. En todo caso, el empleador deberá incorporar en el reglamento interno del trabajo o mediante resolución, las condiciones especiales para que opere el teletrabajo en la empresa privada o entidad pública.

¿Cómo funciona el sistema de seguridad social para los teletrabajadores en empresas públicas y privadas?
Los teletrabajadores deben estar afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral. El pago de los aportes se debe efectuar a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes –PILA-. Los teletrabajadores en relación de dependencia, durante la vigencia de la relación laboral, deben ser afiliados por parte del empleador al Sistema de Seguridad Social, Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley 100 de 1993 y las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan o las disposiciones que regulen los regímenes especiales, así como, a las Cajas de Compensación Familiar en los términos y condiciones de la normatividad que regula dicha materia.

¿Cuáles son las obligaciones por parte del teletrabajador?
El teletrabajador tiene las siguientes obligaciones:
o Participar en las actividades de prevención y promoción organizadas por la empresa, el Comité Paritario de Salud Ocupacional, o el Vigía Ocupacional correspondiente.
o Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones del programa de salud ocupacional de la empresa.
o Utilizar los elementos de protección personal y participar en los programas y actividades de promoción y prevención.

¿Cuáles son los aspectos claves que debe especificar cualquier contrato de teletrabajo?

Los aspectos claves que deben especificar esta clase de contratos son:
• Las condiciones de servicio, los medios tecnológicos y de ambiente requeridos y la forma de ejecutar el mismo en condiciones de tiempo y si es posible de espacio.
• Determinar los días y los horarios en que el teletrabajador realizará sus actividades para efectos de delimitar la responsabilidad en caso de accidente de trabajo y evitar el desconocimiento de la jornada máxima legal.
• Definir las responsabilidades en cuanto a la custodia de los elementos de trabajo y fijar el procedimiento de la entrega por parte del teletrabajador al momento de finalizar la modalidad de teletrabajo.
• Las medidas de seguridad informática que debe conocer y cumplir el teletrabajador.

¿Cuáles son las obligaciones por parte del empleador?

El empleador tiene las siguientes obligaciones respecto del teletrabajador:
• De la seguridad del teletrabajador conforme a la legislación vigente.
• Incorporar mediante resolución o en el reglamento interno de trabajo, las condiciones especiales para que opere el teletrabajo en el organismo o entidad y en la organización.
• Está obligado a suministrar a los teletrabajadores equipos de trabajo seguros y medios de protección adecuados en la tarea a realizar y deberá garantizar que los trabajadores reciban una formación e información adecuadas sobre los riesgos derivados de la utilización de los equipos informáticos y su prevención.
• Incluir al teletrabajador dentro del programa de salud ocupacional y permitirle la participación en las actividades del comité paritario de salud ocupacional.
• Informar y dar una copia al teletrabajador de la política de la empresa en materia de salud y seguridad en el trabajo.