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Reforma tributaria

Al menos la tributaria benefició a los trabajadores independientes

Contratistas e independientes ya no tendrán que hacer el pago de seguridad social anticipadamente a partir del 1 de enero de 2017.

23 de diciembre de 2016

Las empresas privadas y organismos del Estado contratan a millones de trabajadores independientes a través de la figura de prestación de servicios. Pero para poder pasar la cuenta de cobro debían de presentar las planillas de pago de sus aportes a salud y pensión. Por este motivo, muchos trabajadores se veían apretados en su presupuesto cuando recibían contratos a tres o cuatro meses de duración pero que para poder pasar la cuenta de cobro, debían pagar anticipadamente la salud, pensión, como también la aseguradora en riesgos laborales.

Pero eso cambiará en 2017, con la modificación al artículo 16 del proyecto de ley de Reforma Tributaria Estructural que presentó el Gobierno y que está para conciliación de textos en Senado y Cámara. Quienes sacan pecho de esta modificación son los congresistas del partido Alianza Verde, quienes señalan haber logrado que los trabajadores independientes que perciban ingresos mensuales iguales o superiores a un (1) salario mínimo mensual legal vigente coticen mes vencido al Sistema Integral de Seguridad Social (que comprende pensión, salud y riesgos profesionales) y no anticipadamente como lo establece la normal actual.

El parágrafo completo donde está la modificación lo transcribimos a continuación:

“PARÁGRAFO 4. Los independientes que perciban ingresos mensuales iguales o superiores a un (1) salario mínimo mensual legal vigente (smmlv), cotizarán mes vencido al Sistema Integral de Seguridad Social sobre un ingreso base de cotización mínimo del cuarenta por ciento (40%) del valor mensualizado de sus ingresos, sin incluir el valor total del Impuesto al Valor Agregado (IVA), cuando a ello haya lugar, según el régimen tributario que corresponda. Para calcular la base mínima de cotización, se podrán deducir las expensas que se generen de la ejecución de la actividad o renta que genere los ingresos, siempre que cumplan los requisitos del artículo 107 del Estatuto Tributario”.

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Reacciones a la medida

La medida se dio dentro de las discusiones para el trámite de la reforma tributaria. La plenaria del Senado fue quien aprobó cambiar el método de pago de prestaciones sociales que hacen los trabajadores independientes o contratistas, afirmó la senadora Claudia López, del partido Alianza Verde.

Por otro lado, el Senador Jorge Prieto aplaudió la decisión diciendo que:  "es injusto que ciudadanos que después de meses o años sin percibir ingresos por encontrarse desempleados, cuando por fin logran una orden de prestación de servicios, tengan que endeudarse para pagar salud, pensión y riesgos profesionales sin siquiera haber recibido el primer salario".

Finanzas Personales consultó a Giovanna Rojas, cofundadora de AM Grupo Jurídico, quien considera  que la ley es buena porque mucha gente no tiene  liquidez y muchos contratos los pagan a dos o tres meses vencidos y uno debe pagar anticipadamente. Incluso, agiliza los procesos de trámites honorarios,porque  pasan la cuenta de cobro, menos tramitología y mayor celeridad.

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