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Trabajo

Diez respuestas sobre nuevos riesgos laborales

Conozca los principales cambios, beneficios y derechos que puede exigir con la entrada en vigencia de la ley de riesgos laborales en el país.

14 de septiembre de 2012

La entrada en vigencia de la nueva ley de riesgos laborales (ARL) trae varios cambios. Uno de los más relevantes es ampliar la cobertura, por lo que ahora los trabajadores con contratos de prestación de servicios deberán pagar el porcentaje de ARL.

Así mismo, las empresas también deberán afiliar a los estudiantes que realicen sus pasantías.


A su vez, en el caso de los empleados de prestación de servicios con los niveles de riesgo más altos en categoría cinco y seis, el valor de la ARL lo deberá asumir la compañía.

ABC de la nueva ley

1- ¿El Proyecto cambia el nombre del Sistema de Riesgos Profesionales?

Sí, ya no se llamará Sistema de Riesgos Profesionales, sino Sistema de Riesgos Laborales. Ya no se llamará Programa de Salud Ocupacional, sino Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.

2- ¿Qué nuevos sectores de población acoge el proyecto?

Abarca los estudiantes que realicen trabajos que signifiquen fuente de ingreso para la respectiva institución educativa. También incluye afiliación obligatoria a los estudiantes cuyo entrenamiento o actividad formativa es requisito para la culminación de sus estudios e involucra un riesgo ocupacional.

3- ¿Qué otras personas tienen la obligación de afiliarse?

-Los miembros activos del Subsistema Nacional de primera respuesta (bomberos cuyo pago será a cargo del Ministerio del Interior. (Bomberos y miembros de la Defensa Civil).

-Afiliación obligatoria para todos los trabajadores independientes vinculados a través de un contrato formal de prestación de servicios con duración superior a un mes.

-Quienes laboren en actividades catalogadas como de alto riesgo, la cotización la pagará el contratante.

4- ¿Qué beneficios le trae al trabajador?

El trabajador recibirá sin dilaciones el pago de las incapacidades temporales, cuando no exista claridad si su situación tiene origen profesional (ahora laboral) o común.

5- ¿Hay otros beneficios?

Sí, hay ampliación de cobertura a la población que esté en un programa de formalización laboral y las personas de escasos recursos que hayan realizado aportes o ahorros periódicos o esporádicos para la vejez.

6- ¿De cuánto tiempo es la prescripción del pago de las incapacidades temporales al trabajador?

La prescripción del pago de las incapacidades temporales al trabajador será de tres años (antes era de un año).

7- ¿Algunos sectores de la economía pueden cotizar los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y demás parafiscales de manera anticipada?

Sí, se abre la posibilidad de que algún o algunos sectores de la economía puedan cotizar los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y demás parafiscales de manera anticipada.

8- ¿Qué nuevas obligaciones tendrá el Ministerio del Trabajo?

El Ministerio de Trabajo tendrá seis meses para replantear la Organización de las Juntas Nacionales de Calificación de Invalidez, que de ahora en adelante estarán adscritas al Ministerio y tendrán estricta vigilancia por parte de las Direcciones Territoriales, la Procuraduría y la Contraloría.

9- ¿Quiénes tendrán una atención especial de asistencia técnica?

Las micro y pequeñas empresas tendrán una atención especial en asistencia técnica.

10- ¿Habrá mayores garantías con el Sistema de Inspección y Vigilancia?

Se fortalece el Sistema de Inspección, Vigilancia y Control, pues se crea una Comisión Especial de Inspectores del Trabajo en Materia de Riesgos Laborales y un Sistema Nacional de Inspectores del Trabajo.