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Los tres casos en los que nunca podrá ser despedido

Si usted está actualmente trabajando y cumple con alguna de estas tres condiciones, tenga en cuenta que la jurisprudencia le da 'estabilidad laboral reforzada', acá le contamos en qué consiste.

Adriana Montoya
8 de agosto de 2016

Los derechos están reconocidos en la Constitución y en la ley, pero su efectividad depende del grado de superioridad que se le dé a esa protección, ante el desconocimiento muchas personas que tienen un refuerzo de esa estabilidad son despedidas diariamente. FP investigó qué puede hacer si se encuentra dentro de estos trabajadores a los que los jueces han dado una especial protección a su estabilidad laboral los cuales son según la jurisprudencia:

  • Mujeres en periodo de maternidad (embarazo o lactancia)
  • Trabajadores en estado de debilidad manifiesta por problemas de salud (discapacitados)
  • Directivos de sindicato.

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Cuando el empleador tiene conocimiento de estas circunstancias, no puede despedir al trabajador sin justa causa sin previamente solicitar permiso al Ministerio del trabajo o de un Juez, pues se presumiría que obedeció a esa condición y la consecuencia judicial podría ser que se declarara nulo el despido.

Lo que hicieron los jueces fue darle una protección especial y efectiva a este tipo de personas porque la simple indemnización no era suficiente para garantizar que no fueran discriminados, porque no es fácil que una mujer embarazada, líder sindical o alguien con problemas de salud sean contratados en otro trabajo.

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¿Qué puede hacer si lo despiden?

FP consultó con el abogado Gilbert Hernández quien señaló que tiene dos caminos que a su vez se pueden complementar, los cuales son: radicar una acción de tutela y/o demandar laboralmente en un proceso ordinario.

En la tutela usted deberá solicitar la protección del derecho ‘estabilidad laboral reforzada’ frente a los jueces municipales de cualquier jurisdicción (civil, laboral, penal) del lugar donde este domiciliado en caso de que su empleador sea un particular, es decir, no sea una entidad estatal. La protección que le dé el juez constitucional (que son todos los que deciden la tutela) podrá ser como medida definitiva que le daría el reintegro definitivo o como medida transitoria, lo que le impondría a usted acudir a un Juez Laboral dentro de los cuatro meses siguientes a la sentencia. 

La tutela le sirve para que le amparen sus derechos a la estabilidad laboral reforzada, pero deberá probar lo siguiente:

-Relación laboral.

-Que el empleador tenga conocimiento de la condición.

-Que la causa del despido sea sin justa causa.

Lo que debe tener en cuenta

  1. Informe siempre por escrito a su jefe de su condición especial.
  2. Ponga una tutela
  3. En caso de ser necesario consulte un abogado para iniciar el proceso laboral.