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Las diferencias salariales que debe tener en cuenta para el pago de su empleada doméstica

Dependiendo de si es interna, externa o por días, el costo por el trabajo prestado puede variar.

27 de septiembre de 2016

El servicio doméstico es uno de los empleos protegidos por normas internacionales y colombianas. Conseguir y mantener personas idóneas para desempeñar esta labor requiere de mucho compromiso de las partes, como también confianza, ya que se necesitan personas que puedan quedarse a cargo del hogar, mientras los propietarios de la vivienda salen a sus trabajos.

Muchas veces, esta labor no es del todo bien reconocida salarialmente. Se calcula que a finales de 2015, había más de 750.000 personas empleadas en el servicio doméstico, muchas de las cuales siguen en la informalidad, exponiéndose a quedar desprotegidas en caso de alguna eventualidad. Y para los empleadores también hay riesgos pues cualquier accidente o el desconocimiento de sus obligaciones prestacionales acarrean duras sanciones.

“Para saber cuánto cuesta tener una empleada doméstica en Colombia, hay que diferenciar su modalidad de contrato, pues puede ser interna, externa y por días”, señala un reporte de Symplifica, una firma especializada en organizar los pagos de nómina y prestaciones a los empresarios y propietarios de negocios.

¿Qué debe reconocer?

El salario mensual de una empleada no puede ser inferior al salario mínimo, que para 2016 es de $689.455, exceptuando si trabaja por días, cuyo salario diario no puede ser menor al mínimo diario. El salario puede ser cancelado en dinero o en especie (alimentación, habitación, vestuario diferente a la dotación). Sin embargo, el valor en especie no puede ser superior al 30% del salario, es decir, el equivalente a $206.836 para un salario mínimo. Ahora, si la empleada gana más de un salario mínimo, el pago en especie no puede ser superior al 50% ($344.727).

  • Empleada por días

El salario mínimo diario, en una jornada ordinaria de ocho horas, es de $22.981. Además de ese pago, debe sumar las prestaciones sociales. “En caso que la empleada doméstica únicamente vaya a laborar uno o dos días a la semana, debe realizarse el pago de todas y cada una de sus acreencias laborales de forma proporcional al tiempo laborado, y esto se saca multiplicando el número de días trabajados por el valor del día”, explica Leonardo Mejía, abogado especialista de la firma Mejía y López.

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“Debe también tener en cuenta que la debe afiliar a las entidades de seguridad social, caja de compensación, pensión y riesgos laborales y pagarlos en fracciones semanales de acuerdo a los días laborados, esto si su empleada pertenece al régimen subsidiado. Si no pertenece al régimen subsidiado debe pagar sobre un salario mínimo completo sin importar los días al mes que labore en su casa”, señala el informe de Symplifica. Además de esto debe pagar el subsidio de transporte que es de $77.700 mensuales o de $2,590 al día para 2016.

  • Empleada interna

“Cuando la trabajadora es una empleada doméstica que desarrolla sus actividades de forma interna, el valor del salario como en cualquier otro trabajo lo establecen las partes de común acuerdo, lo único que cambia es el derecho a cancelar el auxilio de transporte ($77.700) pues en este supuesto no es obligación del empleador realizar este pago, ya que no existe desplazamiento alguno por parte de la trabajadora”, detalla Mejía. Los aportes a seguridad social se hacen usando como base el salario pactado, que nunca debe ser menor al salario mínimo.

¿Que debe tener el contrato laboral para el servicio doméstico?

En resumen se exige:

  1. El pago de al menos un salario mínimo mensual vigente
  2. El reconocimiento y pago de horas extras.
  3. El pago de cesantías (en febrero) e intereses sobre cesantías (en enero)
  4. El pago de vacaciones (15 días por cada año laborado)
  5. La entrega de dotación (3 veces al año)
  6. El pago del auxilio de transporte a empleados que se desplacen a su lugar de trabajo y no se le provea el servicio (no se paga durante vacaciones, licencias o incapacidades).
  7. La afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral en pensiones, salud y riesgos profesionales, cotizando por lo menos sobre la base de un salario mínimo.
  8. Pago de aportes a seguridad social incluida la caja de compensación familiar
  9.  El pago de indemnización en caso de terminar unilateralmente el contrato laboral.
  10. El pago de una prima de servicios (un sueldo adicional dividido en dos pagos, uno en junio y otro en diciembre).

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¿Qué cuestan los servicios domésticos, si una empleada va todos los días, pero no es interna?

Salario mínimo al mes   

  $689.455

Auxilio de Transporte  

  $77.700

    Pensión (12%)

 $82.800 (El empleado asume un 4%adicional)

   Salud (8.5%)   

 $58.600 (El empleado asume un 4%adicional)

Riesgos profesionales (0.522%)

 $3.600

Caja de Compensación (4%)  

 $27.600

Total, Mensual

 $939.755

  Costos adicionales al año para el empleador mensualizados

Cesantías (un sueldo más aux. de transporte al año de $767.155):     

 $63.900

  Intereses sobre cesantías (12% sobre cesantías - $92.058):  

$7.700

      Prima (un sueldo más aux. de transporte al año de $767.155)

 $63.900

Vacaciones (15 días al año $344.700):

$28.700

Dotación (3 al año aprox. 150.000 cada una):

 $37.500

Total, Prestaciones mensualizadas:

$201.700

                                                    

En conclusión, una empleada de tiempo completo cuesta aproximadamente $1.150.000 mensuales con la seguridad social y todas sus prestaciones de ley. También le puede interesar: Afilie a su empleada a seguridad social