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Pensiones

¿Cuánto subió la mesada pensional?

Así como el salario mínimo aumenta, es importante que los pensionados también tengan en cuenta cuánto puede llegar a subir su mesada. FP le cuenta.

15 de enero de 2016

En Colombia sólo el 33% de los trabajadores hacen aportes a pensión. La informalidad, la falta de educación y el desconocimiento de las condiciones para pensionarse influyen en esta cifra. Pero para aquellas personas que han logrado cumplir con los requisitos de pensión, al menos tendrán un parte de tranquilidad por los próximos años.

Es por eso que es importante que conozca cuál fue el aumento que se dio para este año para la mesada pensiona, el cual está decretado en el artículo 14 de la Ley 100 de 1993, en a que se establece:

“Con el objeto de que las pensiones de vejez o de jubilación, de invalidez y de sustitución o sobreviviente, en cualquiera de los dos regímenes del sistema general de pensiones, mantengan su poder adquisitivo constante, se reajustarán anualmente de oficio, el primero de enero de cada año, según la variación porcentual del índice de precios al consumidor, certificado por el DANE para el año inmediatamente anterior. No obstante, las pensiones cuyo monto mensual sea igual al salario mínimo legal mensual vigente, serán reajustadas de oficio cada vez y con el mismo porcentaje en que se incremente dicho salario por el gobierno”.

Lo que quiere decir esto es que, teniendo en cuenta que la inflación fue del 6,77% para el año 2015, este es el aumento que deberá tener su respectiva mesada pensional:

  • Si su mesada en 2015 era igual al salario mínimo, para este año 2016 será de $689.454.
  • Si su mesada era superior al salario mínimo, el aumento correspondiente es de 6,77%, cifra que puede calcular de la siguiente forma:

Mesada del año pasado*0,0677= cantidad en que va a aumentar

Por ejemplo, si su mesada era de $800.000, al multiplicarlo por 0,0677, se obtiene $54.160, es decir que la mesada para este año 2016 sería de $854.160. Este cambio deberá efectuarse desde el 1 de enero del año nuevo.

FP le recomienda leer "Así usted puede saber cuánto necesita para pensionarse".

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Condiciones de pensión actual

Tanto para el Régimen de Prima Media (Colpensiones) como para el Régimen de Ahorro Individual Solidario (fondos de pensiones), las mujeres deben tener 57 años y los hombres 62 años para jubilarse.

En el primero es necesario cotizar durante 1300 semanas, mientras que en el RAIS se obtiene la pensión de acuerdo con el monto ahorrado (110% del capital). Si este no alcanza para un salario mínimo debe acceder al beneficio solidario y para esto necesita haber cotizado al menos 1150 semanas.

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Aún me faltan 10 años…

Ahora, tenga en cuenta que si este año usted cumple los 47 años (siendo mujer) o los 52 años (siendo hombre), deberá tomar la decisión si le conviene o no hacer el respectivo traslado de régimen pensional, es decir, si es mejor cambiar o quedarse donde está.

En un análisis hecho por la Revista Dinero, sobre  “¿Cómo pensionarse en Colombia?”, se tiene en cuenta un estudio liderado en el Ministerio de Hacienda, en el cual se sugiere:

  • “Si 10 años antes de la edad de retiro tiene más de 836 semanas cotizadas (16,1 años), trabajará al menos 9 años más y su salario en los últimos años es superior a $1’030.960 (1,6 salarios mínimos mensuales legales vigentes – SMMLV–), siga ahorrando y ¡trasládese a Colpensiones! Si escoge este camino su pensión será mejor que la que podría obtener en una AFP”.
  • “Si 10 años antes de la edad de retiro usted tiene menos de 786 semanas cotizadas (15,1 años), independientemente del nivel de ingreso, quédese en su AFP y siga cotizando, al menos hasta llegar a las 1.150 semanas (22,11 años), tiempo mínimo para una pensión de salario mínimo provisto por el Fondo de Garantía de Pensión Mínima, el cual es un fondo que pondrá el dinero que a usted le hace falta para garantizar una pensión por este monto. Si usted elige seguir en Colpensiones, ha de tener claro que deberá hacer aportes hasta llegar a las 1.300 semanas (25 años)”.