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Archivo Semana | Foto: Archivo Semana

Inteligencia Tributaria

No deje que los restaurantes se queden con sus impuestos

Cuando solicita la cuenta en los restaurantes, ¿se fija en el documento que le expiden como factura? Si la respuesta es no, es muy probable que muchos establecimientos se estén quedando con sus impuestos. Cómo identificar que si le dan la factura y no la precuenta.

8 de noviembre de 2011

Muchos restaurantes acostumbran a no expedir la factura de venta una vez esta es pagada. Lo que muchas personas no saben, es que cuando piden la cuenta, el establecimiento expide una prefactura o precuenta, en donde relaciona los productos, impuestos y servicio voluntario que debe pagar el usuario; y que una vez se paga es obligación expedir la factura definitiva de lo que cobró, con el fin de registrarlo en la contabilidad y sobre el cual debe realizar las declaraciones de impuestos a pagar al Estado.

Al no expedir factura, queda como si no se hubiera hecho la venta y no declaran esos ingresos para liquidar los impuestos al momento del pago, eso quiere decir, que le están cobrando el IVA y no lo están pagando al Estado, en pocas palabras se están quedando con sus impuestos.

¿Cómo identificar una factura?


a. Lo primero que debe hacer es pedir siempre la factura definitiva una vez ha realizado el pago.

b. En la parte de arriba debe decir expresamente "Factura de Venta".

c. Debe tener los apellidos y nombres o razón y NIT del vendedor o de quién presta el servicio.

d. Debe tener los apellidos y nombres o razón social y NIT del adquirente de los bienes o servicios.

e. Discriminación del IVA pagado por usted.

f. Llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de facturas de venta.

g. Valor total de la operación.

h. El nombre o razón social y el NIT del impresor de la factura.

i. Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas. Si es gran contribuyente, régimen común, régimen simplificado, entre otros.

Cuando eso suceda no dudes en denunciar por medio del buzón denuncias@dian.gov.co