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Foto: Archivo Semana. Las personas obligadas a declarar que presenten sus declaraciones por fuera del plazo establecido, deberán pagar una sanción por cada mes o fracción de mes de retardo igual al 5% del valor del impuesto a cargo.

Declaración de Renta

¿Quiénes deben declarar renta?

Los plazos para que las personas naturales presenten su declaración de renta del año gravable 2010 comienzan a cumplirse desde hoy, 9 de agosto. Encuentre aquí sí usted es declarante. Las sanciones pueden ser hasta del 20% de sus ingresos brutos.

30 de junio de 2010

Esta nota está desactualizada. Si su interés es saber si debe pagar renta en 2016, del año gravable 2015, lo invitamos a dar click aquí.

Los plazos para presentar y pagar el impuesto de renta por el año gravable 2010, por parte de las personas naturales y sucesiones ilíquidas,inician el 1º de marzo de 2011 y vencen entre el 9 de agosto y el 6 de septiembre de 2011, según los dos últimos dígitos del NIT consignado en el Registro Único Tributario, RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, iniciando con los dígitos comprendidos entre 96 y 00, plazo que será el mismo para cancelar el impuesto en una sola cuota.

Para establecer si usted como persona natural es contribuyente declarante del impuesto sobre la renta y  complementarios o no, deberá tener en cuenta:

1- Establecer a qué grupo pertenece:

 - Personas naturales de menores ingresos.
 - Trabajadores independientes, o
 - Asalariados.

2- Si es o no responsable del impuesto sobre las ventas.

3- El valor del patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2010.

4- El monto de sus ingresos brutos o totales.

5- El monto de los consumos mediante tarjeta de crédito durante el año gravable 2010.

6- El monto total de compras y consumos durante el año gravable 2010.

7- El valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, durante el respectivo año gravable 2010.

8- Tener en cuenta los topes de los mencionados conceptos que lo obligan a declarar el impuesto de renta, de conformidad con los recuadros No. 1, No. 2 y No. 3.

Quiénes deben declarar renta

Si se encuentra en alguna de las siguientes afirmaciones, usted está obligado a declarar renta del año gravable 2010:

impuestoderenta



Cuándo hay que pagar

La fecha límite para presentar la declaración se determina por los últimos dos números de la cédula de ciudadanía de la persona natural obligada a declarar. Los plazos van desde el próximo 2 de agosto hasta el 30 de agosto (ver cuadro). 


renta



La sanción por no declarar será equivalente al 20% del valor de las consignaciones bancarias o ingresos brutos (que figuren en la última declaración de renta presentada o que determine la Dian por el período que cual corresponde la declaración no presentada) de quien incumpla.

Cuando se cometen errores, los declarantes deberán pagar una sanción equivalente al 10% del mayor valor a pagar o del menor saldo a su favor que se genere al hacer la corrección. Si el cambio se produce después del emplazamiento, la multa será del 20%.

También se sancionan las inexactitudes en la declaración, los son cosas como omitir ingresos, inclusión de costos o deducciones inexistentes que deriven en un menor valor del impuesto. La sanción por inexactitud será igual al 160% de la diferencia entre el saldo de la declaración oficial y el declarado por el contribuyente.

Cómo deben pagar en el extranjero

Las personas naturales residentes en el exterior podrán presentar su declaración de renta ante el cónsul respectivo del país de residencia o de forma electrónica, si la Dian dispone a que la presenten por ese medio. El pago podrá realizarse en los bancos que tengan convenio con los bancos nacionales autorizados para el recaudo de impuestos.

El plazo para presentar la declaración es distinto al de los declarantes que residen en Colombia. Éste se vence entre el 8 de septiembre y el 21 de septiembre de 2010, dependiendo del último dígito de la cédula de ciudadanía, así:
 

rentaextranjeros