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Trámites

Trámites que debe hacer cuando muere alguien

Sabemos que la muerte de un ser querido puede ser algo devastador, pero es importante que esté preparado para cuando esto suceda, en todo sentido, especialmente, para que el dolor no le impida tomar buenas decisiones.

Katherinn Cuervo
14 de julio de 2016

No todas las muertes se presentan de la misma manera y, aunque todos quisiéramos morir de forma natural, al llegar a una edad avanzada y se hayan vivido numerosas experiencias y disfrutado la vida; puede que no sea así y que el día menos pensado usted o un familiar pase por un accidente o enfermedad inesperada o trágica y se vaya de este mundo.

Lo cierto es que nunca se estará preparado para esto, pero hay que reconocer que hasta la muerte genera gasto. Aunque “nos vamos sin nada”, quienes nos acompañaron toda la vida tendrán que velar y pagar por una sepultura digna en la que se realiza un ritual para decirnos ¡Adiós!

Por otro lado, las muertes son importantes también para el estado, ya que se lleva una regulación para conocer la población; saber cuántas personas por ejemplo habitan en un país; para administrar los proyectos, recursos y beneficios útiles para la nación, es por esto que lo correcto es avisar a las autoridades y seguir un conducto regular para que la muerte de la persona sea reconocida legalmente.  Según las más recientes cifras del DANE, Departamento Administrativo Nacional de Estadística, para 2014 se reportaron 210.051 defunciones de los cuales 51,3% fueron hombres y 48,7% mujeres.

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Ahora, tenga en cuenta que así como no todas las muertes suceden de la misma manera, así mismo los trámites y las gestiones son parecidas pero no iguales, ya que no es lo mismo morir en la cama de su casa, morir en un accidente violento, fallecer en un hospital o si usted es Juan o es un N.N. Por esto, Finanzas Personales consultó sobre este tema y esto es lo que debe hacer:

  1. Llamar al 123: puede que pase en su casa o en un espacio público, así como puede ser su familiar o una persona desconocida en la calle. Para ambos casos usted debe comunicarse a la línea de emergencia o con la policía. Cuando éstos llegan al lugar le harán preguntas para reconocer si el caso del fallecimiento tuvo que ver con una situación violenta o si fue natural.

Tenga en cuenta que los casos violentos son aquellos ocurridos por accidentes, intoxicación, homicidios, suicidios, eventos en los que se sospeche de maltrato o reacciones violentas. Si es así, debe llamar a la Fiscalía y esta es la institución que debe proceder al levantamiento del cuerpo y transportarlo a Medicina Legal para que le realicen una necropsia múltiple, le hagan un cotejo dactilar y se determine las causas de la muerte.

Luego, para retirar el cuerpo de Medicina Legal, la autoridad competente (en este caso la Fiscalía) debe emitir una orden de entrega, así como el fiscal encargado debe expedir un acta notarial y finalmente, la persona o la funeraria autorizada para reclamar el cadáver debe llevar el documento de identidad del encargado.

Pero si se trata de una muerte natural y el difunto ya tenía una historia clínica, entonces los familiares deben entregar estos documentos a la ambulancia y a los encargados de la funeraria que, llegan junto con la policía, deben ir al hospital y solicitar que se las den, si no la tienen . Mientras el médico que va en la ambulancia revisará los signos vitales de la persona y expedirá fácilmente el certificado de defunción. Si la muerte ocurrió en un centro hospitalario, éste será el encargado de expedir dicho certificado.

  1. Entrega de documentos y contacto con la funeraria: cuando llegue la ambulancia usted debe tener listo el certificado médico ya mencionado, la fotocopia de la cédula de identidad de la persona fallecida y la póliza, si es que la persona se encuentra con el seguro exequial, si no lo tiene, la funeraria con la que usted se ponga en contacto irá a recoger el cuerpo por ser una urgencia vital y después, se determinará con ellos la contratación y el pago por los servicios prestados.

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  1. Registro civil de defunción: si usted ya se contactó con una funeraria y además, ya tenía la póliza(que incluye todo el servicio: embellecimiento del cuerpo, salón de velación y traslados), es ésta la que se encargará también de los trámites legales como del ‘registro civil de defunción’ ante una notaría y ante la Secretaría de Salud. Después de obtener el registro, exactamente ocho días posteriores del entierro de la persona, la funeraria entregará una copia a la persona que coordinó todo el proceso en las oficinas fúnebres. Este registro se realiza con el fin de que en la mayor brevedad posible se cancele la cédula de la persona muerta.
  1. La licencia y el entierro: esto también lo realiza la funeraria encargada ante la Secretaría de Salud. Sin embargo, es mejor que lo tenga en cuenta para que usted esté al tanto de que todo se está haciendo como es y de forma legal, evitando futuros problemas como los de suplantación de identidad.

Recuerde que la licencia, es el permiso que se otorga para el entierro, ya sea por inhumación (en tierra), cremación o en bóveda. Cuando se le concede la licencia a la funeraria, ellos pueden coordinar detalles con el familiar del difunto, como el parque cemental y el lugar del velorio. Debe tener presente que cuando es una muerte violenta no se pueden realizar cremaciones por si se requiere de alguna investigación por parte de la Fiscalía.

Los servicios de una funeraria depende de las creencias familiares y así mismo serán los valores a pagar: usted puede preferir muchas flores, la presencia de un sacerdote, de coros, una sala general o una sala presidencial o es más, puede que las personas cuenten con un lote familiar. Todo varía también según el cubrimiento de la póliza que usted tenga.

En la actualidad muchas personas cuentan con un seguro exequial pensando en sus familiares y en el cubrimiento de esos gastos que pueden llegar a ser muy altos. FP consultó algunas aseguradoras en las cuales encontramos que el pago de éstas se hace anual y varía en un promedio de pago de $300.000. Se puede afiliar a un grupo familiar desde seis hasta nueve personas, cubre servicios funerarios y destino final del difunto y a personas menores entre 64 a 71 años de edad, si la exceden se debe pagar un porcentaje más de prima. Dependiendo la aseguradora escogida tendrá o no algunos cubrimientos.

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