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Hogar y Familia

Cómo y qué gastos tiene adoptar en Colombia

La adopción en el país se encuentra regulada del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar que junto con instituciones autorizadas se encargan de darle a un niño un hogar. Sin embargo no es un proceso rápido y sencillo.

24 de septiembre de 2014

Cifras del ICBF indican que hasta el 22 de agosto de 2014, en Colombia se han adoptado 735 niños y niñas y hay 3.334 familias (en Colombia y el extranjero) en lista de espera. Si usted quiere empezar un proceso de adopción, prepare estos costos y requisitos.

En primer lugar debe saber que bajo el Artículo 61 de la Ley 1098 de 2006, la adopción está protegida por normas legales y es acordada bajo suprema vigilancia del Estado. El adoptante se obliga a cuidar y asistir al hijo adoptivo, a educarlo, apoyarlo, amarlo y proveerlo de todas las condiciones necesarias para que crezca en ambiente de bienestar, afecto y solidaridad.

¿Qué requisitos debe cumplir para poder adoptar?
• Ser plenamente capaz. (Económica, mental y emocionalmente)
• Tener 25 años de edad cumplidos.
• Demostrar la idoneidad física, mental, moral y social suficiente para ofrecerle una familia adecuada y estable a un menor de 18 años de edad.
• Tener al menos 15 años más que el adoptable.

¿Quiénes pueden adoptar según el régimen legal?
• Los cónyuges (esposos).
• Las personas solteras, viudas o separadas.
• La pareja formada por un hombre y una mujer que demuestre una convivencia ininterrumpida de por lo menos dos años. Este término se contará a partir de la sentencia de divorcio, si alguno de ellos hubiera estado casado o con un vínculo matrimonial anterior.
• El guardador al pupilo o ex pupilo, una vez aprobadas las cuentas de su administración.
• El cónyuge o compañero permanente, al hijo del cónyuge o compañero, que demuestre una convivencia ininterrumpida de por lo menos dos años.

¿Qué documentos debe presentar?
• Formulario de ‘solicitud de adopción’
• Registro civil de nacimiento de los solicitantes con las anotaciones marginales correspondientes.
• Registro civil de matrimonio de la pareja solicitante o prueba idónea de la convivencia extramatrimonial (Artículo 124, parágrafo de la Ley 1098 de 2006).
• En caso de matrimonios anteriores, sentencia de divorcio en la cual consten las causas que lo motivaron.
• Certificado vigente (de menos de seis meses de expedición) de antecedentes penales, expedido por autoridad competente (certificado judicial).
• Certificado de capacidad económica (expedido por el empleador sobre sueldo y tiempo de servicio) escrituras, declaración de renta.
• Certificado de buena salud física expedido por médico legalmente autorizado.
• Los extranjeros residentes en Colombia deben acreditar, mediante prueba documental, su permanencia previa y posterior en el País.
• Registros civiles de las niñas, niños o adolescentes adoptados por los solicitantes.
• Estudio social y psicológico elaborado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o las instituciones autorizadas para las familias residentes en Colombia.
• Pueden presentar cartas de recomendación por parte de familiares o amigos 

¿A dónde se debe dirigir para iniciar un proceso de adopción?
• Centros zonales del ICBF.
• Regionales del ICBF.
• Seccionales del ICBF.
• Instituciones autorizadas por el ICBF, conocidas como Casas de Adopción.

¿Cuáles son las instituciones autorizadas?
En Bogotá:
• FUNDACIÓN LOS PISINGOS.
• FUNDACIÓN PARA LA ASISTENCIA DE LA NIÑEZ ABANDONADA "FANA"
• ASOCIACIÓN AMIGOS DEL NIÑO ¨AYÚDAME¨ CLEMENCIA GUTIERREZ WILLS
• CASA DE LA MADRE Y EL NIÑO
• FUNDACIÓN CENTRO PARA EL REINTEGRO Y ATENCIÓN DEL NIÑO "CRAN"

En Medellín:
• CENTRO DE ADOPCIONES CORPORACIÓN CASA DE MARIA Y EL NIÑO
• FUNDACIÓN CASITA DE NICOLÁS

En Cali:
• FUNDACIÓN AYUDA A LA INFANCIA HOGAR BAMBI – CHIQUITINES.


¿Cuáles son los pasos a seguir cuándo se inicia el proceso de adopción?
• En primer lugar se contacta el ICBF o alguna de las instituciones autorizadas
• Se presentan todos los documentos requeridos
• Luego inicia una etapa administrativa en la cual se declara adoptable al niño.
• Se cumplen los talleres de sensibilización y se realiza una completa evaluación además de entrevistas con familiares y amigos
• Luego se pasan los resultados junto con los documentos a un comité de evaluación
• Si cumple todos los requisitos y costos y si pasó la evaluación del comité, ingresa a una lista de espera
• Luego la adopción es decretada a través de una sentencia judicial en los Juzgados de Familia, cuya sentencia debidamente ejecutoriada establece la relación padre-hijo.
• Se realiza la entrega del hijo que adoptó 

¿Qué tiempo puede llevar el proceso de adopción?
El tiempo para finalizar un proceso de adopción puede variar dependiendo de varios elementos como la entrega exacta de los documentos requeridos o alguna demora con alguno de ellos. También la elección del niño o niña a adoptar toma un tiempo y puede variar si el proceso se realiza directamente con el ICBF o si lo hace a través de una institución aprobada. Normalmente, y teniendo en cuenta la lista de espera, el proceso pude tardar entre 18 a 20 meses.

¿Qué costos debe asumir si desea adoptar?
Los trámites que se adelanten en el ICBF en relación con las adopciones son totalmente gratuitos pero en las ‘casas de adopción’ que sirven como intermediarios deberá asumir algunos costos.

Fundación ‘Los Pisingos’ en Bogotá:
Talleres ‘información, preparación y sensibilización’: $1.200.000
Sesiones trabajo social: $850.000
Sesiones de Psicología: $900.000
Procesos administrativos: $1.000.000
Honorarios abogados (proceso legal): $2.500.000
Seguimiento psicológico post-adopción: $714.000
TOTAL: $7.164.000

Casa de la madre y el niño en Bogotá:

Talleres ‘información, preparación y sensibilización’: $885.000
Proceso evaluación idoneidades: $625.000
Proceso Administrativo: $1.457.700
Honorarios abogados (proceso legal): $2.913.000
Exámenes especializados para los niños: $611.600
Seguimiento psicológico post-adopción: $365.000
TOTAL: $6.857.300

* Los requisitos y costos consultados son para familias colombianas