Archivo Semana. Javier Gutiérrez, Presidente de Ecopetrol. | Foto: Archivo Semana.

Acciones

Todo lo que debe saber sobre la emisión de acciones de Ecopetrol

Si tiene alguna duda sobre el proceso de compra de acciones de la empresa más grande del país, FinanzasPersonales.com.co la responde.

1 de agosto de 2011

Mañana, 3 de agosto, se llevará a cabo un evento totalmente gratuito para el público capitalino en el Gran Salón de Corferias en Bogotá entre las 10 de la mañana y las 12 del día, el cual  contará con la participación del presidente de la Empresa, Javier Gutiérrez, y un equipo de directivos que presentarán los detalles sobre la emisión.

Durante estas dos horas los asistentes podrán enterarse de una manera didáctica y entretenida cómo pueden adquirir las acciones de esta segunda emisión que están a la venta entre el 27 de julio y el 17 de agosto, la cual busca que más colombianos se conviertan en socios de Ecopetrol.

Aquí las respuestas a algunas de esas preguntas que pueden surgir en el proceso de compra:

¿En qué consiste el Programa de Emisión y Colocación de Acciones de Ecopetrol?

Consiste en incorporar nuevos recursos a la empresa (aumentar su capital) mediante la emisión de nuevas acciones. Según lo establecido por la Ley 1118 de 2006, estos recursos se adquieren de un gran número de personas diferentes del grupo controlador de las acciones de la sociedad (La Nación) y esto es lo que se conoce como democratización.

¿Por qué el Programa de Emisión y Colocación de Acciones indica una capitalización del 20% y no del 10% o del 30% o del 40%?

Así lo definió la Ley 1118 de 2006 que es la que autorizó el Programa de Emisión y Colocación de Acciones. Adicionalmente, la capitalización de hasta el 20% permite asegurar seis premisas fundamentales para la empresa y la Nación, tal como se establecieron en la exposición de motivos de la Ley 1118 de 2006. La primera de ellas  es que el Estado debe mantener el control sobre la empresa; segundo, la capitalización le permite a Ecopetrol manejarse con autonomía presupuestal, financiera y administrativa; tercero, da la suficiente materialidad para suplir parte de los requerimientos de inversión; cuarto, los accionistas distintos a las Nación pueden tener representación en la junta directiva de la empresa; quinto, es un monto atractivo para que la compañía pueda tener un buen nivel de liquidez y una base amplia de inversionistas; y sexto, se aseguran las mejores prácticas de gobierno corporativo, con la continuidad de la estrategia, la junta directiva y la alta gerencia.

¿Cuál será la destinación de los recursos obtenidos por medio del Programa?

Los recursos provenientes de la colocación de las acciones serán destinados en un ciento por ciento (100%) a potencializar los negocios de Ecopetrol tanto nacional como internacionalmente.

¿En qué forma se pagan las acciones en la Segunda Ronda?

De contado: Cuota Inicial del 20% del monto solicitado cancelada con recursos propios, al momento de presentación del Formulario de Aceptación.

El saldo restante deberá ser cancelado dentro de los 30 días calendario siguientes al día hábil siguiente a la Fecha de Adjudicación de la Segunda Ronda mediante depósito realizado en la Red de Colocadores receptora de la Aceptación.

Descuento por pago de contado (liquidado sobre el ciento por ciento del precio de las acciones) para:
ciudadanos colombianos (personas naturales), equivalente al 2,5%;

Este descuento sólo se reconocerá a aquellos compradores que desde la Aceptación hayan seleccionado la forma de pago de contado y paguen el saldo correspondiente dentro del plazo establecido en la Comunicación de Adjudicación.

Por cuotas: Cuota Inicial del 20% del monto solicitado cancelada con recursos propios.

El saldo restante deberá ser cancelado en 6 cuotas mensuales iguales y consecutivas, pagaderas mes vencido, dentro de los 30 días calendario siguientes contados a partir de la fecha en la cual sean adjudicadas las acciones en la Segunda Ronda y en las fechas y condiciones que se establezcan en la Comunicación de Adjudicación.

En esta modalidad de pago podrán adquirir como máximo  el equivalente a 100 veces el monto mínimo, es decir 50.000 acciones.

Los Aceptantes podrán realizar prepagos anticipados por el valor total de cualquiera de las cuotas pendientes de pago. En estos casos no habrá lugar a la reliquidación de las cuotas pendientes de pago. Así mismo los prepagos totales estarán permitidos.

No se aceptan pagos parciales de cuotas.

¿Pueden existir prepagos?

Los aceptantes de la oferta de las acciones que se ofrecen en la Segunda Ronda podrán realizar pagos anticipados por el valor total de cualquiera de las cuotas pendientes de pago. En estos casos no habrá lugar a la reliquidación de las cuotas pendientes de pago. Así mismo, los prepagos totales estarán permitidos.

¿Dónde se pueden comprar las Acciones en la Segunda Ronda?

Las acciones se podrán adquirir en:

Red de Distribución:

Bancolombia -  558 oficinas

Davivienda – 530 oficinas

Red de Colocadores: Sociedades Comisionistas de Bolsa vinculadas a la BVC que manifiesten interés en participar en el Programa y que se encuentren en el Aviso de Oferta Pública.

El listado de los puntos de compra se puede consultar en www.ecopetrol.com.co, en la línea de atención al accionista en Bogotá 3077075 o a nivel nacional en la línea gratuita o marcando desde el celular al 018000 113434.

¿Cuántas acciones se pueden comprar en la Segunda Ronda?

Monto mínimo: 500 acciones.

Monto máximo: Para personas naturales, 5,000 S.M.L.M.V, que equivalen a $2,678,000,000 [dos mil seiscientos setenta y ocho millones de pesos]), sumadas las acciones adquiridas en cada una de las rondas.

Para los demás destinatarios solo podrán invertir un monto igual al límite máximo autorizado para esta clase de inversiones según la ley y sus estatutos. En todo caso no podrán adquirir más del 3% del total de las acciones en circulación de Ecopetrol sumadas las acciones adquiridas en cada una de las rondas.

Excepción: fondos de pensiones y cesantías, fondos mutuos de inversión y patrimonios pensionales de Ecopetrol pueden adquirir colectivamente hasta el 15% del total de las acciones en circulación de Ecopetrol sumadas las acciones adquiridas en cada una de las rondas.

¿Qué se debe hacer para comprar las acciones en la Segunda Ronda?

FORMULARIO ELECTRÓNICO

Dirigirse a la dirección electrónica www.sociosecopetrol.com

Realizar el pre-diligenciamiento del formulario electrónico y tomar nota del código que arroja el sistema.

Con el código, dirigirse a cualquiera de las sociedades identificadas como Red de Colocadores o Red de Distribución, según sea publicado en el Aviso de Oferta, validar los datos diligenciados en el formulario con un asesor comercial, diligenciar y presentar los documentos anexos exigidos para cada una de los destinatarios.

Suscribir el formulario y adjuntar los anexos correspondientes.

Cancelar la cuota inicial correspondiente al 20% del monto solicitado.

¿Qué pasa si un cliente se retracta en uno de los procesos (venta, adjudicación)?

No existe la posibilidad de retractarse del cliente en la venta (es decir, una vez haya firmado el formulario de suscripción y haya pagado la cuota inicial del 20%).

¿Tengo derecho a dividendos?

Los dividendos son decretados anualmente en la Asamblea General de Accionistas y se pagan según lo acordado en esa reunión. En esta segunda emisión, a quienes les sean adjudicadas acciones, tendrán derecho a recibir dividendos de $48 por título a partir del 25 de octubre. Esto quiere decir que una persona que compre el paquete mínimo de 500 acciones recibirá $24.000 por dividendos.

¿Cuáles son las entidades que pertenecen a la red ACH Colombia que se pueden seleccionar para el pago de dividendos?

Para el pago de dividendos se utilizará la red ACH Colombia que funciona en el país. Las entidades son: BANCO AV VILLAS, BANCOLOMBIA, BANCO GNB SUDAMERIS, HELM BANK, BANCO DE BOGOTÁ, BANCO DEL OCCIDENTE, BANCO POPULAR, CITIBANK, DAVIVIENDA, BBVA, COLPATRIA, HSBC, SANTANDER, COLMENA, BANCO CAJA SOCIAL, SCOTIABANK, COOMEVA, SKANDIA, BANCO PROCREDIT.

¿Las acciones me las entregarán en títulos físicos?

No, las acciones estarán desmaterializadas (custodiadas) en el Depósito Centralizado de Valores – DECEVAL, lo cual beneficia al inversionista ya que no tendrá ningún riesgo de pérdida, hurto, etc., adicionalmente se le entregará una constancia de depósito de las acciones.

¿Cómo me entero cuántas acciones me fueron adjudicadas?

El depositante directo, es decir, en donde usted pagó la cuota inicial de sus acciones, será la encargada de enviar la Comunicación de Adjudicación, y en esta misma correspondencia le llegará una constancia de depósito de las acciones de parte del DECEVAL. Recuerde que las acciones estarán custodiadas en DECEVAL.

En caso de que el accionista no reciba la comunicación de adjudicación no se exonera de las obligaciones de pago de las cuotas. El accionista podrá solicitar información en la línea de atención al accionista, en Bogotá 3077075 o a nivel nacional en la línea gratuita o marcando desde el celular al 018000 113434

¿En dónde quedan las acciones después de adjudicadas?

Las acciones siempre están en custodia de Deceval, en la cuenta del depositante directo que escogió en el momento de la compra de las acciones. Si las compró en Davivienda, el depositante directo será Davivalores, si las compró en Bancolombia, su depositante directo será Valores Bancolombia y si las compró en alguna firma comisionista de bolsa autorizada por la Superfinanciera, esa será su depositante directo y el administrador de su portafolio de acciones.

¿Una vez que se compren las acciones, en cuánto tiempo se pueden negociar en el mercado secundario?

Las acciones ofrecidas y adjudicadas en la Segunda Ronda se pueden negociar en el mercado secundario una vez sean adjudicadas y liberadas, teniendo en cuenta que se irán liberando en la medida que se vayan pagando. Para estos efectos, es indispensable revisar la sección de la Adenda al Prospecto de Información para la Segunda Ronda.

¿Cualquier ciudadano colombiano que se encuentre fuera del país puede comprar acciones de Ecopetrol?

Si, mediante un apoderado el cual debe acreditar la representación a través de un poder otorgado por el inversionista y en cumplimiento de las leyes colombianas. Su identidad se acreditará con la cédula de ciudadanía. Deberá tener dirección y teléfono de contacto en Colombia.

Si una persona que quiere comprar y está dentro de los destinatarios preferenciales reside en el exterior, ¿cómo puede realizar la compra?

PROCEDIMIENTO PARA LA SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES DE ECOPETROL POR PARTE DE CIUDADANOS COLOMBIANOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR

El interesado puede comprar a través de apoderado en Colombia.

Enviar el poder original firmado por una agencia de correo certificado. El poder debe estar acompañado de dos copias del documento de identificación del interesado.

Realizar, a través de cualquier entidad autorizada legalmente para servir como intermediaria para el envío y recepción de divisas, el giro a nombre del apoderado en Colombia que efectuará la suscripción de las acciones en nombre del titular. El valor del giro debe corresponder a la cuota inicial (20% del monto a suscribir).

El apoderado reclama el giro en la respectiva entidad autorizada legalmente para servir como intermediaria para el envío y recepción de divisas (entre las que se encuentran las casas de cambio, los bancos y las sociedades comisionistas de bolsa). Al tiempo que se realice la reclamación del giro, el apoderado deberá diligenciar y presentar el Formulario No. 4 del Banco de la República ante la respectiva entidad para declarar las sumas enviadas a Colombia y registrar la inversión extranjera ante el Banco de la República, a nombre del aceptante.

El formulario de aceptación de oferta puede ser diligenciado directamente por el inversionista o el apoderado a través de la página web (www.ecopetrol.com.co).

Si el formulario es diligenciado por el inversionista, el apoderado puede consultarlo e incluso editarlo en Colombia a través de la página web (www.ecopetrol.com.co) con el número de código de aceptación generado por el sistema al momento de su diligenciamiento.

Para el diligenciamiento del formulario de aceptación de oferta se debe incluir dirección, teléfono y cuenta bancaria en Colombia; esta última para efectuar el pago de los dividendos.

Si el Aceptante desea que la forma de pago del saldo sea débito automático, el Aceptante debe ser titular de la cuenta, y esta última debe ser de una de las entidades pertenecientes a la red de distribución de las acciones de Ecopetrol. Si el Aceptante no tiene una cuenta con las características anteriormente mencionadas, deberá pagar el saldo en efectivo o cheque de gerencia.

Para llevar a cabo la suscripción, el apoderado debe presentar los siguientes documentos:

•  Tres (3) copias, debidamente firmadas por el apoderado del Formulario de Aceptación.
•  Dos (2) copias simples del documento de identificación del Aceptante y del apoderado (firmante de la Aceptación).
•  Original del poder otorgado.

¿Un extranjero residente en Colombia puede adquirir acciones en la Segunda Ronda?

Sólo los extranjeros que sean empleados o ex empleados de Ecopetrol o de las sociedades en las que Ecopetrol tenga una participación mayoritaria, pueden comprar acciones ordinarias ofrecidas en la Segunda Ronda.

¿Por qué es importante ser puntual en los pagos?

Porque el incumplimiento de la(s) cuota(s) dará lugar al Evento de Ejecución de Garantías.

Quien eligió la opción de pago de contado, entra en mora si incurre en un retraso de treinta (30) días comunes o más en el pago de la parte no pagada del precio de las Acciones Ordinarias que le fueron adjudicadas.

Quien compró por cuotas entra en mora cuando incurre en un retraso de noventa (90) días comunes o más en el pago de alguna de las cuotas.

Los días de retraso se cuentan a partir del día siguiente de la fecha señalada para el pago en la comunicación de adjudicación.

Es importante resaltar que el no recibo de la carta de adjudicación no lo exime de las obligaciones de pago.

Adicionalmente, debe tener en cuenta que una vez una cuota entra en mora, no se recibirá el pago de la próxima cuota y se aplicará el Evento de Ejecución de Garantías.

En caso de que no reciba la carta de adjudicación, usted deberá hacer uso de los canales de atención en los que le pueden brindar la información relacionada con el pago de las acciones. Los canales son: en la página web de ECOPETROL www.ecopetrol.com.co, en las líneas de atención al accionista en Bogotá 3077075 o a nivel nacional en la línea gratuita o marcando desde el celular al 018000 113434.

¿Puedo comprar dos o más paquetes uno por cuotas y otro de contado?

Sí, se pueden comprar paquetes por cuotas y de contado, pero se debe llenar formularios diferentes para cada compra, tomando en cuenta el monto máximo para compras a plazo.

¿Qué interés me cobran si pago por cuotas?

En el Programa no se cobra interés en la modalidad de pago por cuotas.

¿Para el pago del saldo se permiten cuentas mancomunadas (donde se exige la firma de dos personas obligatoriamente)?

No es posible usar cuentas mancomunadas (donde se exige la firma para los débitos automáticos de las dos personas) para el pago del saldo de las acciones en este Programa de Emisión y Colocación de acciones de Ecopetrol. Si la cuenta es mancomunada y solo exige la firma de uno de los titulares de la cuenta, el débito sí se puede aceptar; lo anterior siempre y cuando la firma del débito automático coincida con el titular de quien compra las acciones.

¿Los menores de edad también pueden comprar?

Si el menor de edad es mayor de 12 años, es considerado bajo la Ley colombiana como adolescente, y podrá comprar acciones de manera directa, previa autorización de su representante legal. Para este caso, se deberá adjuntar al Formulario de Aceptación la autorización autenticada del representante legal del menor y el documento donde conste la representación legal del menor.

Si el menor de edad es menor de 12 años, podrán comprar acciones por intermedio de su representante legal. De acuerdo a la Ley colombiana, la representación legal de los menores de edad puede ser ejercida por los padres, el curador, guardador o tutor, según sea el caso. Para este caso, se debe anexar al Formulario de Aceptación el documento de identidad del representante legal y el documento en donde conste su calidad de representante legal del menor de edad.

¿Cuál es el procedimiento para que un menor de edad adquiera acciones?

Si es el representante legal del menor de edad quien va a comprar las acciones de menor de edad:

Por regla general, la representación legal de los menores de edad, ya sean niños, niñas o adolescentes, está en cabeza de sus padres. En este caso, cuando sean los padres quienes vayan a comprar las acciones en nombre de sus hijos menores de edad, deberán acreditar esta calidad anexando el Registro Civil de Nacimiento, donde aparecen los nombres de los padres y su documento de identidad. En caso que la representación legal del menor no sea ejercida por los padres (e.g. guardador, tutor o curador), dicha persona deberá demostrar su calidad anexando el documento legal  donde se demuestre este hecho y anexar dos copias de su documento de identificación.

En este caso en el numeral 1 va la información del menor de edad y en el numeral 2 va la información del representante legal.

Si es otra persona diferente al representante legal del menor de edad quien va a comprar las acciones del menor de edad:

Si la persona que va a comprar las acciones del menor de edad no está interesada en aparecer en el Formulario de Aceptación, debe seguirse el mismo procedimiento indicado en el numeral 1 anterior, teniendo en cuenta que en este caso quien firma el Formulario de Aceptación es el representante legal del menor y por lo tanto dicha calidad debe acreditarse en los términos establecidos en el numeral 1 anterior.

Si la persona que va a comprar las acciones del menor de edad está interesado que su nombre figure en el Formulario de Aceptación, deberá anexar un poder otorgado por parte del representante legal del menor de edad y los documentos que acrediten la calidad del representante legal del menor según lo establecido en el numeral 1 anterior. De esta forma, quien firma el Formulario de Aceptación es la persona que está comprando las acciones al menor de edad, quien deberá además anexar los documentos exigidos por el Programa de Emisión y Colocación de Acciones. En este caso se debe diligenciar en el numeral 1 la información del menor de edad y en el numeral 2 la información de la persona que va comprar las acciones del menor de edad.

Si es un menor de edad mayor de 12 años y quiere comprar las acciones directamente:

Si el menor de edad tiene menos de 12 años, es considerado bajo la Ley colombiana como niño o niña y, no podrá comprar las acciones directamente, sino que deberá hacerlo mediante los mecanismos descritos en los numerales 1 y 2 anteriores.

Si el menor de edad tiene más de 12 años, es considerado bajo la Ley colombiana como adolescente, y podrá comprar las acciones directamente siempre y cuando esté facultado para ello por su representante legal, para lo cual debe anexar al Formulario de Aceptación el documento autenticado con dicha autorización y aquel donde conste la calidad del representante legal, en los términos previstos en los numerales 1 y 2 anteriores.

¿Dónde puedo vender mis acciones?

Para efectos de la negociación de las Acciones Ordinarias en el mercado secundario, los Inversionistas deberán dirigirse a su Depositante Directo (Sociedad Comisionista de Bolsa). En el sitio web de la Bolsa de Valores de Colombia (www.bvc.com.co), además encontrarán los datos de contacto de los mismos. Adicionalmente, se podrá solicitar información sobre las Sociedades Comisionistas de Bolsa y la negociación de las acciones ordinarias de Ecopetrol en el mercado secundario a través de la línea de atención al accionista en Bogotá 3077075 o a nivel nacional en la línea gratuita o marcando desde el celular al 018000 113434. Cada comisionista de bolsa instruirá al Inversionista sobre todo lo relacionado con dicha negociación.

¿Qué pasa si me muero?

Las acciones las heredan quien tenga el derecho a heredarlas.

¿En caso de que yo pierda/extravíe mis acciones, qué debo hacer?

Sus acciones nunca se van a extraviar porque están desmaterializadas en el DECEVAL. Si se le pierde la constancia de depósito de sus acciones, puede comunicarse con su depositante directo (Sociedad Comisionista de Bolsa).

¿Luego de comprar las acciones se pueden traspasar a otro titular?

Las acciones se pueden traspasar a otro titular una vez sean adjudicadas y liberadas. Esta transacción debe pasar por la Bolsa de Valores de Colombia, esto quiere decir que lo debe hacer por medio de su depositante directo (Sociedad Comisionista de Bolsa). Esta Sociedad Comisionista de Bolsa, le cobrará una comisión de venta por realizar este traspaso, ya que los traspasos constituyen una compra/venta en el mercado accionario.