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Los 4 datos clave sobre los fondos de empleados

Entre las distintas opciones de guardar y obtener dinero, estas entidades se han venido posicionando entre los trabajadores por las condiciones favorables que ofrecen. ¿Cómo funcionan y qué tener en cuenta?

2 de marzo de 2016

Hoy en día las empresas colombianas buscan ofrecer a sus empleados las condiciones adecuadas para que ellos se sientan cómodos y tranquilos en sus sitios de trabajo, lo que muchas veces incluye el pago de lo que se conoce como “salarios emocionales”, que impactan en la motivación y la productividad de las personas.

En esto, también han surgido opciones entre los mismos empleados para la creación de fondos, que son conformados con el fin de ofrecer beneficios de distinta índole, a las personas que trabajan en una misma empresa.

De acuerdo con voceros de la Asociacion Nacional de Fondos de Empleados, Analfe, “un Fondo de Empleados es una empresa asociativa de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituida esencialmente por un grupo de trabajadores que independientemente de su forma de contratación, deciden conformarlo o pertenecer a él con el fin de satisfacer necesidades sociales y económicas, otorgar beneficios a sus asociados y por extensión a sus familias”.

No todas las empresas cuentan con uno, pero aquellas que sí, pueden considerarse afortunadas por las ventajas que esto puede representar, ya que ofrece muchas facilidades económicas y sociales para quienes hagan parte de ellos que van desde posibilidades de créditos con tasas bajas, hasta descuentos en almacenes, por ejemplo.

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Dato uno: Qué son

Se calcula que hoy en día hay poco más de 1.300 fondos de empleados en Colombia  y son entidades supervisadas por la Superintendencia de Economía Solidaria. En sí, estas entidades promueven, coordinan y contratan programas para satisfacer las necesidades que propendan por el bienestar de los asociados y por extensión de sus familias, en aspectos tales como: vivienda, salud, consumo, educación, recreación, emprendimiento y solidaridad.

Tenga en cuenta que los Fondos  de Empleados tienen por regulación normativa el Decreto Ley 1481 de 1989 el cual fue modificado parcialmente por la Ley 1391 de 2010, así que todas sus funciones se rigen bajo esta norma.

No olvide, además, que son empresas jurídicas independientes a las empresas que les generan el vínculo de asociación, pero es lo que les permite mantener una estrecha relación con las empresas que les generan el vínculo pues sus trabajadores son los mismos asociados y dueños de la organización solidaria.

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Dato dos: Afiliación

Como mencionamos, no todas las empresas tienen un fondo de empleados. Pero también, para pertenecer, pueden existir ciertas características que deban cumplir los empleados. Así, según los voceros de Analfe, “el estatuto de los Fondos de Empleados determina las condiciones y los requisitos en que un trabajador puede solicitar la asociación al mismo. Básicamente lo que determina  dicha norma es que pueden ser asociados los trabajadores de la empresa a la que pertenecen o de las empresas que desarrollen la misma clase de actividad económica”.

En esto, los empleados deben ser conscientes del tipo de contrato o vinculación que tienen porque, por ejemplo, un practicante de una empresa podría no reunir las condiciones para participar en el fondo.

Entonces, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Ley 1481 de 1989 y la Ley 1391 de 2010, pueden pertenecer a  un fondo de empleados en calidad de asociados, los trabajadores de la empresa o empresas que expresamente contemple el estatuto de la organización, independientemente de su forma de vinculación. “De igual forma, pueden continuar en la calidad de asociado, aquellos que adquieran el derecho de pensión y los ex trabajadores, siempre que así lo contemple expresamente el estatuto de la organización”, continúan los voceros de Analfe.

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Dato tres: diferencias

Entre las funciones más destacadas de los fondos de empleados está la de ofrecer mecanismos de ahorro y crédito con unas características y condiciones que, en muchos casos, pueden resultar mucho más favorables que las de los bancos. Así buscan motivar que los asociados ahorren con el fin de hacer realidad sus proyectos de vida.

Según los voceros de la agremiación, “los excedentes que se obtienen por la actividad realizada, son para reinvertir en las necesidades de los mismos asociados”.

FONDO DE EMPLEADOS

ENTIDAD FINANCIERA

Quien ahorra es un asociado (a especie de dueño y gestor) de la entidad

El ahorrador es un cliente

Recibe intereses sobre los ahorros que realice de acuerdo con la capacidad económica de cada fondo de empleados, los cuales se obtienen de los intereses que se cobran en la colocación de los créditos a los asociados. La periodicidad la define la junta directiva.

Las tasas de intereses que pagan en cuentas de ahorro suelen ser mínimas (1%), lo que hace que las personas no reciban rendimientos por sus ahorros.

Obtiene servicios de bienestar social a precios accesibles para el asociado y su familia independientemente del ingreso que tenga

No ofrece beneficios de bienestar social, aunque pueden brindar un plan de puntos o recompensas para obtener obsequios

Recibe auxilios de solidaridad y bienestar para educación, salud, recreación

No otorga subsidios ni auxilios

Los asociados ejercen el control del cumplimiento de la normatividad, adicional a lo que realice la revisoría fiscal

No tiene injerencia

Pueden realizar ahorro voluntario independientemente de la cuantía, con tasas de interés mejor remuneradas que en el sector financiero

Exigen un mínimo para el ahorro voluntario.

 

Dato cuatro: cobro de deudas

Hay un factor clave y es que, gracias a las facilidades que ofrecen en el otorgamiento de créditos, los fondos de empleados pueden hacer descuentos directos sobre la nómina de los empleados, lo que hace que disminuya el riesgo de que no paguen.

Los voceros de Analfe señalan que “cada Fondo de Empleados, a través de la junta directiva, emite un reglamento de créditos en el que como mínimo se debe cumplir con la regulación que emite la Supersolidaria frente a capacidad de pago, capacidad de endeudamiento, garantía y consulta y reporte a las centrales de riesgo”.

“Una vez analizado y aprobado por el órgano interno correspondiente, se emite una aprobación la cual se acompaña con el plan de amortización y se suscriben las garantías correspondientes. El desembolso es en las condiciones que se haya pactado con el asociado”, continúan.

A cada empleado se le presta un monto de dinero dependiendo de sus ahorros y las condiciones establecidas por el mismo fondo. Luego de eso, el pago de los créditos se realizará a través de un descuento directo del sueldo, siempre que haya firmado la autorización para que así sea y en la que en todo caso la empresa solo puede descontarle hasta el 50% del salario incluido los descuentos de ley (salud, pensión, solidaridad).

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PILAS: El embargo de los salarios a favor de los fondos de empleados se realiza en virtud a lo dispuesto en el Código Sustantivo del Trabajo, hasta el 50% del mismo.

Esto significa que al momento que usted vaya a salir de la empresa, entre los descuentos, podrán retener lo que usted deba. Una de las ventajas es que los fondos no tienen ninguna relación con las centrales de riesgo, como Datacrédito.