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Compras inteligentes

Lo que debe hacer si compró algo por internet y no resultó lo que quería

Ahora existe la posibilidad de reversar las compras hechas a través de medios electrónicos, por lo que FP le cuenta lo que debe hacer para no tener problemas con su devolución de dinero.

8 de julio de 2016

Aunque internet ha facilitado una variedad de situaciones en la vida, acortando distancias y eliminando barreras fronterizas, así como también ahorrando tiempo; en muchas ocasiones puede llegar a convertirse en un dolor de cabeza porque no permite tener un contacto directo con la persona que está detrás, manejando la página web. Muchas veces, porque no hay una forma de contacto directa o las respuestas se demoran mucho.

Es por eso que el Ministerio de Comercio, Industria  y Turismo decretó la resolución 587 en la cual las personas que hacen transacciones y compras por Internet ya están en todo su derecho de exigir la devolución de su dinero si llegan a ser víctimas de fraude, o porque les tramitaron un pago que nunca hicieron, así como también por desaparición o deterioro del producto que se compró. Incluso, también aplica cuando hay una falla en el proceso de compra.

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Esto significa que si tiene algún reclamo por algo comprado a través de internet, ya sea con tarjeta de crédito o por pago electrónico PSE, podrá hacer el trámite fácilmente sin tener que esperar muchos meses para que le devuelvan su dinero.

Pero, ¡pilas! Esto solo aplica para aquellas cosas compradas en comercios distintos al sector de servicios públicos, el sector aeronáutico y el sector de telecomunicaciones.

¿Cómo hacer?

Lo primero que tiene que saber es que esto aplicará desde el 27 de Octubre de 2016 para que usted mismo sea el que haga el reclamo o empiece el procedimiento, sin tener que poner quejas en entidades administrativas o judiciales, pero sólo aplica para: fraudes, cuando se realiza una operación no solicitada, cuando el producto que adquiere no es recibido o no corresponde a lo solicitado, cuando sea defectuoso.

Ahora, es importante que su proceso de compra cuente con dos condiciones pues, de lo contrario, no puede aplicar:

  • Haberse hecho con un medio electrónico de pago
  • El vendedor y la entidad financiera o banco a través de la cual se hace el pago deben estar domiciliados en Colombia.

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Teniendo en cuenta esto, usted debe:

  1. Poner su queja ante quien le vendió el servicio o producto. Comuníquese con el establecimiento por teléfono o en el correo electrónico que le den en la factura o en la página. En el reclamo debe tener escrito que usted pide que le devuelvan el dinero de la misma cuenta de la cual fue descontado. Pero, tiene que hacerlo dentro de los cinco días hábiles siguientes de haber recibido el producto o servicio. Recuerde escribir las razones, las causales, el valor y número de cuenta desde donde se hizo la operación.
  2. Ese mismo reclamo debe hacerlo con el banco o entidad financiera de la que se le debitó la plata, añadiendo los datos de la transacción y constancia de queja al proveedor.
  3. Luego, su banco tendrá hasta 15 días hábiles para reversar la operación junto con todos los participantes del proceso de pago.

Una ventaja del decreto es que si la empresa se niega a reversar el pago, de todas formas tiene que hacerlo. Los gastos de devolución del producto los asume el empresario o comerciante pues la situación no fue culpa de la persona y a que se solicita la reversión por causas ajenas a su voluntad, por ende, queda eximido de cualquier gasto de esta índole.

Y si no funciona…

Si bien, en teoría, no tiene que mediar ninguna entidad o autoridad porque basta que usted haga el procedimiento anterior, puede que pasen los 15 días y no hayan hecho devolución del dinero, por lo que, ahí sí, será necesario que la persona ponga la queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para que inicie un proceso sobre el asunto.

Con este decreto se espera que las personas aumenten la confianza en las transacciones electrónicas, para que las empresas faciliten la venta de sus productos y servicios por este medio.

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