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Vehículos

Razones para pagar (o no) sus multas de tránsito

¡Que no lo cojan "mal parqueado"! Finanzas Personales le dirá dónde puede consultar, pagar y  ponerse al día con sus infracciones ya sea porque le pasó dentro o fuera de su ciudad.

Sebastián Ávila
21 de marzo de 2016

Según estadísticas del Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (Simit), se han impuesto en todo el territorio nacional desde el año 2010 hasta el año 2015,  más  de tres millones comparendos por fotodetección, por un valor de más de $945 mil millones. La Directora Nacional del Simit, Sandra Tapias asegura que “desafortunadamente algunos conductores irresponsables siguen infringiendo las normas de tránsito” siendo las más recurrentes:

  1. Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida: con 1.901.300 comparendos
  2. Estacionar en sitios prohibidos: con 461.541 comparendos
  3. Transitar por sitio restringidos o en horas prohibidas: con 296.948 comparendos
  4. Pasarse la luz roja o amarilla de semáforo o una señal de pare: con 168.649
  5. Bloquear una calzada o intersección con un vehículo: con 49.061 comparendos.

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De igual manera, el informe estadístico dio a conocer las ciudades con más infracciones de tránsito, las cuales son: Medellín, Bogotá, Cali y Barranquilla. La suma total de los comparendos en estas cuatro ciudades es de 1.983.279. Entonces, si usted no sabe si tiene multas pendientes o comparendos impuestos por detección en medios tecnológicos podrá consultar en los siguientes enlaces:

  • Si se vehículo se encuentra en Bogotá: http://consultas.transitobogota.gov.co:8083/publico/index.php
  • Si está en otra ciudad diferente: https://consulta.simit.org.co/Simit/index.html

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Tenga en cuenta que toda orden de comparendo captado por medios tecnológicos, se remite a la dirección del propietario registrada en el Registro Distrital Automotor (Sistema de información a cargo del consorcio SIM) y las órdenes de comparendo que no son notificadas por este medio, se informaran por aviso, según lo establecido en el  artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Ahora bien, si usted tiene una inconformidad ante la notificación e imposición de un comparendo, podrá impugnar la orden dando aplicación al Artículo 136 del CNT (Código Nacional de Tránsito) antes del vencimiento de término del 50% de descuento. Allí deberá presentar los descargos ante audiencia pública en un SuperCade de Movilidad, donde se analizarán las pruebas  y se tomará la decisión que en derecho corresponda.

Recuerde que los medios y formas de recaudo, aplican para el pago de multas impuestas por violar  las normas de tránsito y el pago a cuotas, es decir, la financiación de sus comparendos. Entonces si usted tiene multas pendientes y no sabe dónde pagarlas en Bogotá, aquí se lo contamos:

  • Los únicos bancos autorizados en Bogotá y a nivel Nacional son el banco de Occidente y banco Caja Social
  • A través de los almacenes Éxito, Éxito Express, Carulla y Surtimax, ubicados en Bogotá, presentando el volante de pago del valor de la multa o de la cuota del acuerdo. Recuerde que los pagos siempre deben ser con dinero en efectivo.
  • Pagos electrónicos a través del Proveedor de Servicios Electrónicos PSE, dispuesto a través de la página web de la Secretaría de Movilidad www.movilidadbogota.gov.co , para lo cual se debe tener una cuenta colombiana que le permita realizar transacciones por internet y tener ante la entidad financiera su segunda clave.
  • A través de tarjeta crédito Visa y Master Card únicamente en la sucursal de Occidente, ubicada en el SuperCADE de Movilidad.

Fuera de la ciudad

Pero si sucede que alguna de las multas fue impuesta en alguna vía nacional, ésta será registrada por el municipio correspondiente de la Policía de Carreteras, para luego ser ingresada en la base de datos del Simit.

No crea que con el simple hecho de hacer una consignación en Bogotá, se librará del tema porque, además, habría hecho el pago a la autoridad equivocada. Este trámite puede llegar a demorarse un tiempo, así que apenas le impongan la multa, pregunte bajo qué jurisdicción estará radicada esa infracción y, al llegar a su ciudad, diríjase al Simit, directamente y confirme que el pago que hará quede registrado donde corresponde.

Así que ya lo sabe, que no lo  multen por creerse parte de la saga de “rápido y furioso” o por estar mal parqueado, ya que estos son los precios que deberá pagar:

  • Estacionar un vehículo en sitios prohibidos: $344.727
  • Conducir un vehículo a la velocidad superior máxima permitida: $344.727
  • No detenerse ante la luz amarilla o roja del semáforo: $689.455

No obstante, si después de revisar su información tiene una multa en otra ciudad y usted ni siquiera ha estado en ese lugar, deberá presentarse o comunicarse con el organismo de tránsito que reportó su multa y solucionar dicha inconsistencia. Para finalizar, si usted pago sus multas y aún sigue figurando en el sistema como deudor moroso, transcurrido un término de cinco días hábiles posteriores a la realización del pago podrá realizar el procedimiento de “Corrección - Descargue de Comparendos y  Acuerdos de Pago”.