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Todo lo que debe saber si va a invertir en el mercado de valores

Si usted tiene o planea realizar inversiones en el mercado de valores es mejor que conozca lo que puede exigir, cómo hacerlo y dónde.

15 de noviembre de 2012

La liquidación de la comisionista de bolsa más grande del país, Interbolsa, ha generado cierta incertidumbre a los inversionistas para invertir en el mercado de valores.

De hecho, el fiscal general de la Nación, Eduardo Montealegre, inició una indagación preliminar a la comisionista, entre otras razones, por el presunto incumplimiento del deber de asesoría por parte de la firma, al no dar información completa a los inversionistas o al actuar sin su consentimiento, como sería en el caso de inversiones que se realizaron sin que el cliente las autorizara.

Así mismo, aún existen varias dudas sobre qué hacer si había adquirido acciones o tenía inversiones en carteras colectivas a través de la firma comisionista.

finanzaspersonales.co consultó expertos sobre el tema que le ayudarán a aclarar sus inquietudes al momento de realizar inversiones en el mercado de valores.

¿Qué hacer si compró acciones a través de Interbolsa?

Consulte aquí los pasos que debe seguir si tenía inversiones en la comisionista de bolsa.

¿Cuáles son sus derechos?

El ex superintendente de valores, Jorge Gabriel Taboada, aseguró que dentro de los derechos que tiene una persona que invierte en el mercado de valores a través de cualquier comisionista están:

-El obedecimiento por parte del comisionista de la instrucción impartida por su cliente.

-El comisionista debe poner los intereses de su cliente por encima de los suyos.

-Separación patrimonial. Consiste en que el dinero de los clientes no entra y no puede contabilizarse dentro del patrimonio de la comisionista, por lo que estos recursos los debe mantener separados.

¿Qué hacer si no se cumple?

Taboada señala que si alguna de estas premisas no se cumple, lo más recomendable es quejarse inmediatamente ante la Superintendencia Financiera explicando su situación.

Específicamente en el caso de Interbolsa, el superintendente financiero, Gerardo Hernández, aseguró que si algún cliente siente vulnerados sus derechos, puede poner la queja ante el liquidador para que resuelva el problema.

¿Por qué buscar un comisionista?

De acuerdo con los conceptos básicos del mercado de valores dados por la Superintendencia Financiera, un comisionista de valores es un profesional que hace intermediación dentro del mercado público de valores, desarrollando entre otros el contrato de comisión. En otras palabras, este profesional está dedicado a realizar, por cuenta de un tercero pero a nombre propio, un negocio que le han ordenado perfeccionar, recibiendo por su servicio un pago, llamado comisión.

¿Por qué usted, persona jurídica o natural, con capacidad de concretar negocios, recurriría al auxilio de un especialista, comisionándolo para cerrar un negocio por su cuenta? ¿Por qué se convertiría usted en comitente (el que da una orden) de un intermediario de valores?

De una parte, solamente éstos profesionales del mercado son los llamados a realizar operaciones en recintos bursátiles y, de otra, porque el comisionista tiene un deber natural de asesoría a sus clientes, situación ésta que indica que podrá usted recibir de su comisionista el apoyo en el análisis de la naturaleza de la operación por realizar, de los riesgos inherentes a ésta y de las características de los valores a negociar, entre otros aspectos.

¿Cómo se desarrolla en una sociedad comisionista de bolsa el proceso de vinculación de un cliente?

Una relación comercial debe iniciarse con el conocimiento de las partes. Es importante que usted indague sobre su potencial comisionista de bolsa, recuerde que es él quien va a manejar sus recursos que quizá conforman la totalidad de sus ahorros o patrimonio.

Averigüe quién es su comisionista, quiénes son sus dueños y qué actividades le han sido autorizadas.

Así mismo, es necesario que el comisionista conozca el perfil de su cliente antes de iniciar una relación comercial, razón por la cual éste le solicitará el suministro de información de carácter general, mediante el diligenciamiento de un formato que permita su identificación y fácil localización. Si es una persona jurídica debe suministrar los datos de la sociedad y aquellos que faciliten la identificación del representante legal.

¿Qué garantías existen sobre el manejo de recursos por parte de una sociedad comisionista de bolsa?

Según la Superfinanciera, los recursos y títulos que usted confía al comisionista no son mezclados con los activos o bienes de la entidad con quien contrató, ya que para estos intermediarios es imperativa la separación patrimonial de sus recursos frente a los de sus clientes.

En efecto, los dineros reposan en cuentas bancarias independientes y los títulos se manejan a través de los depósitos centralizados de valores a nombre exclusivo del cliente mientras no se reciba orden en sentido contrario.

Igualmente, las sociedades comisionistas de bolsa, miembros de una bolsa de valores, deben contar con una estructura de cubrimiento de riesgos, cuyo objetivo fundamental es la protección de los activos de sus clientes, sean valores o dinero, así como la protección de sus propios patrimonios.

¿Qué información periódica está obligado a enviar a su cliente el comisionista de bolsa?

Mensualmente, la sociedad comisionista de bolsa debe entregar a sus clientes dos relaciones en forma de extracto: Uno corresponde a los movimientos y saldos en su cuenta en dinero y otra a los títulos.

En el extracto relativo al “dinero” se debe incluir la relación de los dineros que usted ha entregado y el detalle de la forma como fueron invertidos, así como los dineros girados por el comisionista con el detalle de los conceptos a que correspondan.

El extracto de “títulos” debe ser expedido por el depósito central de valores en el cual se tengan los valores, Deceval o DCV, impreso por la sociedad comisionista y en él se debe detallar cualquier movimiento de títulos, bien sea por transferencia, por venta o garantía, transacciones que en todas las oportunidades se deben hacer solo con su conocimiento y autorización.

Se recomienda revisar cuidadosamente los extractos y si encuentra alguna información inexacta o difícil de comprender solicite explicaciones al comisionista de bolsa o acuda de inmediato a la SFC, Delegatura para Intermediarios de Valores y otros agentes.

Al revisar los extractos verifique el momento en que usted ordenó realizar determinada transacción y coteje que todas las operaciones reportadas corresponden a sus instrucciones particulares.

¿Existe alguna práctica que permita verificar el contenido de las instrucciones dadas a la sociedades comisionistas?

Cuando usted se comunica telefónicamente con una sociedad comisionista de bolsa como cliente debe ser advertido por su seguridad que su conversación y sus órdenes serán grabadas. Esta grabación puede servirle como prueba, en caso de que usted necesite hacer un reclamo posterior.

Igualmente, las firmas están en la obligación de contar con mecanismos y procedimientos seguros y eficientes que les permita tener copias de respaldo de toda la información relacionada con las operaciones, las cuales debe tener como mínimo la hora de la negociación (día, hora, minutos y segundos), la contraparte, los valores objeto de negociación, el monto, la tasa, el plazo y toda circunstancia que por su importancia deba incorporarse a la negociación. Esta información tiene la posibilidad de ser cotejada frente a las instrucciones del cliente.

Se anota que las firmas comisionistas de bolsa están en la obligación de tener a disposición del comitente el comprobante de la operación celebrada por éste, dentro de los tres días siguientes a la fecha de su realización.

¿Cuáles son las obligaciones que tienen las sociedades comisionistas de bolsa en su labor de asesoría y en el desarrollo del contrato de comisión?

a. Cuando el comisionista recibe una orden de venta o de compra de un determinado valor, debe informar a su cliente sobre los elementos que un inversionista razonable tendría en cuenta al momento de tomar una decisión de inversión, como por ejemplo la situación del mercado, el valor intrínseco de la acción, las utilidades que ha obtenido la sociedad
por acción, etc.

b. El comisionista debe ajustarse a los principios que rigen la actividad de sus mandatarios, así que cuando el comisionista recibe una orden de su cliente y si en el curso de la rueda se presentan hechos que de ser conocidos por el cliente ocasionaría que este último modificara radicalmente la orden impartida, el comisionista deberá ponerse en contacto con el cliente para que le imparta las ordenes sobre el particular. v.g. cuando el cliente da la orden de comprar acciones a un precio determinado y en el mercado se consiguen a un precio mucho más bajo en una modalidad distinta.

c. El comisionista debe buscar siempre obtener la mayor utilidad para su cliente. Por consiguiente, si cuando recibe una orden de venta o de compra conoce que en otra plaza existe un precio mejor, debe tratar de realizar la operación para otra plaza o de otra plaza para así beneficiar a su cliente.

Visto lo anterior, como su asesor, el comisionista debe informarle sobre los beneficios y riesgos que existen en el mercado, al momento de tomar una decisión de inversión.

Lo pueden atender en sus oficinas o a través de una red bancaria o de una entidad financiera.

Obligaciones de los inversionistas

Todo inversionista debe revisar muy bien las condiciones de los valores que se le ofrecen como inversión, así como el estado del emisor de los mismos.

Para el efecto, además de la asesoría pertinente de los intermediarios de valores, debe exigir que se le entreguen para su análisis los documentos que soportan dicha inversión, a saber, prospectos, contratos, reglamentos de carteras, etc., documentación que contiene información sobre las condiciones de los valores así como sobre la situación financiera, administrativa, organizacional, de riesgos, etc., del emisor de los valores, a efecto de que su toma de decisión esté debidamente soportada con la información pertinente sobre el riesgo a asumir.