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Crecimiento

Su emprendimiento tomará vuelo, si hace esto

Todo el trabajo que ponga a su negocio podría verse derrumbado si no legaliza su actividad. La informalidad es el mal de muchas empresas que terminan perteneciendo a las estadísticas de mortalidad de las mipymes y las pymes.

19 de enero de 2017

Tener una buena idea, recorrer el camino del reconocimiento del mercado para saber su viabilidad, observar la competencia y ver que se puede aprender de los líderes, mentores, gurús y referentes económicos exitosos son solo una pequeña parte en el complejo proceso de emprender.

Según las últimas cifras del Departamento Nacional de Planeación (DNP), el Departamento Nacional de Estadística (DANE)  y Confecámaras en la actualidad empresarial colombiana, las Pequeñas y Medianas Empresa (Mipymes) constituyen el 99% de la totalidad de las empresas del país, de la cuales cerca del 70% son emprendimientos con una tasa de fracaso del 80%. Esto sin contemplar un sin número de ideas de negocio y emprendimientos que no llegan a tener un formalización jurídica y no pueden ser objeto de estadísticas oficiales.

¿Pero por qué emprender debe ser un ejercicio que involucre más que conocimiento en lo que se hace, creatividad y valor? En primer lugar, es importante resaltar que en Colombia, el porcentaje de informalidad  representa una cifra relevante frente a los proyectos emprendedores.

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Sólo para mencionar algunos de los problemas de la informalidad podemos decir, que un negocio informal carece de respaldo financiero, le es más difícil acceder a crédito regulado, quedando en manos de la usura y de la imposibilidad de hacer valer sus derechos ante incumplimientos y protección de ideas;  quedando limitados a pequeños negocios, la imposibilidad de entrar en procesos de licitación, quedando inhabilitados para negociar con grandes corporaciones y con el gobierno y a ejercer una efectiva protección legal de sus proyectos.

Los abogados especialistas en gestión de emprendedores, Paola Yáñez y Rodolfo Yáñez, socios de la firma de consultoría legal 4 Solutions recomiendan a los propietarios de negocio que permanecen en la informalidad a que hagan la transición a la formalidad.

¿Cuál es la diferencia entre un negocio formal y uno informal?

La formalidad de un negocio se determina por el cumplimiento de los requisitos que exigen las autoridades para la venta de productos y servicios. Se es formal al cumplir con la legislación vigente en materia laboral, tributaria, contable y regulatoria; independientemente se actúe a título personal o como persona jurídica.  No obstante, los emprendedores informales tienden a estancarse si no formalizan sus negocios, debido a que no pueden acceder a un sin número de ayudas, ni atraer nuevos socios o incluso inversionistas, con miras a buscar expansión y nuevas oportunidades.

¿Cómo saber qué tipo de negocio emprender?

Se debe analizar el mercado con miras a buscar las necesidades y preferencias de las personas en la actualidad. Se puede escoger un negocio a fin a la carrera o profesión para tener más facilidad en la implementación y desarrollo del objeto.

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Escoger el negocio según la materia que apasione o aquella que más le divierta realizar. Es importante que el proyecto que se escoja tenga estructura y estrategia de acción y, ante todo, tener visión, organización, creatividad, disciplina y persistencia

¿Cuál es la diferencia entre el régimen simple y el régimen común?

Los responsables del régimen común son todas las personas jurídicas (sociedades) y aquellas personas naturales, que realicen operaciones gravadas o presten servicios gravados, si no cumplen todos o uno de los siguientes requisitos:

  1. Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de la actividad inferior a 4.000 UVT.
  2. Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad.
  3. Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.
  4. Que no sean usuarios aduaneros.
  5. Que no hayan celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual y superior a 3.300 UVT.
  6. Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año no supere la suma de 4.500 UVT.

¿Y qué deben hacer?

Todas las personas naturales que no cumplan con uno o varios de los criterios mencionados, son responsables del régimen común de manera que deben cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Inscribirse o Actualizar el RUT.  
  • Solicitar ante la Dian la resolución de autorización para facturar.
  • Expedir facturas con los requisitos que la ley establece.
  • Llevar contabilidad y registrar los libros contables.
  • Cobrar y presentar declaración de IVA

Los responsables del régimen simplificado (personas naturales que cumplan que todos los requisitos señalados) no están obligados a ninguna de las anteriores obligaciones.

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