| Foto: Ingimage

Dinero

Las 3 cosas que todo joven que inicia su vida laboral debe entender (guía para dummies)

Una vez usted termina la universidad y sus prácticas profesionales, de ser el caso, tiene que pasar por una serie de situaciones que pueden resultar desconocidas y un poco confusas. ¿Qué tiene que saber?

10 de mayo de 2016

Ingresar al mundo laboral, en Colombia, puede resultar algo complicado para muchos. No sólo se empieza a conocer una realidad para la que muchas de las universidades nunca los prepararon, sino que implica también sumergirse en el mundo de la tramitología que va desde lo complejo de entender todo sobre la seguridad social hasta lo básico de firmar un contrato.

Además, hay que sumar una realidad bastante fuerte, que es luchar en contra de la tendencia de desempleo juvenil que, en Colombia, según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, son cerca de 1,1 millones de jóvenes colombianos que no tienen empleo (menores de 29 años), representando la mitad del total de desempleados del país.

FP le recomienda “¿Por qué todo es “tan jodido” para los jóvenes de hoy?”.

Pero una vez se logra superar la barrera y se encuentra una oportunidad, hay una serie de trámites que deberán afrontarse, muchas veces acompañados del consejo de los padres o personas mayores que “ya conocen el sistema”; pero otras, en las que se encuentra totalmente solo y no hay suficiente información como para tomar una decisión adecuada, así que se pueden terminar cometiendo errores.

“Ya firmé”

Uno de los principales desconocimientos que tienen los jóvenes es sobre el tipo de contrato que manejan cuando ingresan como parte de una empresa. Inicialmente puede que hayan sido guiados por la universidad, con un contrato de aprendizaje o de prácticas profesionales, pero cuando ya son contratados luego de esto o una vez se gradúan, vienen una serie de términos desconocidos:

  • Prestación de servicios: uno de los más comunes y usados, especialmente, en la fuerza laboral colombiana, pues aquí es también donde caben no sólo los emprendedores sino también los denominados “independientes”, que son las personas que se encargan de hacer una labor específica para una empresa y que, en teoría, no deben asumir horarios ni mayores responsabilidades más allá de la tarea encargada.

Lo malo, es que usted debe asumir los pagos de su seguridad social, lo que implica que deberá sacar de lo que le paguen, aproximadamente un 30% de sus ingresos para pagar su salud, sus aportes a pensión, su seguro ARL y, si quiere, una afiliación a una caja de compensación. Así que no se haga muchas ilusiones con un pago alto porque, si usted no paga su seguridad social, la empresa puede escudarse para tampoco pagarle hasta no tener el certificado.

Este es uno de los contratos más comunes, pero los menos queridos por los colombianos, porque implica no recibir una serie de beneficios que sí se tienen en otros contratos, como cesantías, vacaciones y dotación.

Le sugerimos leer “El costo de ser trabajador independiente”.

  • Término fijo: También comunes, son contratos que tienen más beneficios pero que están establecidos con una duración determinada. Las empresas pueden usarlo por un caso muy puntual como, por ejemplo, un reemplazo por una licencia de maternidad o por un proyecto específico. Entre las características es que no puede ser superior a tres años pero sí puede ser renovado indefinidamente (como el de prestación de servicios).

En este caso, quien lo contrata, asume una parte del pago de su seguridad social (usted asume cerca del 8% del total), prestaciones sociales (cesantías) y aportes parafiscales. Lo malo es que tiene un tiempo de caducidad, por lo que puede no tenerse una estabilidad laboral que le permita hacer sus propios proyectos (como endeudarse para comprar casa o pedir periodos largos de vacaciones).

  • Término indefinido: El anhelado por todas las personas, porque la empresa se encarga de pagar también parte de su seguridad social, como en el contrato a término fijo; pero tiene la ventaja que da una mayor estabilidad a un empleado en tanto que no tiene que ser renovado. No obstante, eso no significa que no pueda ser despedido, de hecho, puede suceder: sea por justa o injusta causa. Lo bueno es que, para el segundo caso, usted recibirá una indemnización que puede ayudarle a soportar, al menos, un mes mientras consigue trabajo.

“Los pagos que me hacen”

Esto se refiere al tema de seguridad social, pues usted, como persona mayor de edad y responsable de su vida, deberá pagar su propia salud, hacer los aportes a pensión, su aporte para ARL y todo lo que ello implica. Lo primero es la afiliación: es necesario que no se deje presionar y tome una decisión adecuada para escoger las entidades que lo atenderán según sus necesidades.

La mayoría de jóvenes continúan con la misma EPS que estaban con sus padres pero, lo que muchos no saben es que para poder acceder a una medicina prepagada (opción que dan algunas empresas), deberán cotizar a una EPS determinada; por lo que es bueno que se informe con su empleador antes de tomar la decisión. Lo mismo puede llegar a pasar en el caso de pensiones, ya que muchos no saben qué es eso y se dejan aconsejar cotizando al Régimen de Prima Media o Colpensiones, cuando un joven que inicia su vida laboral debe hacer sus aportes a un fondo de pensiones o del régimen de ahorro solidario.

Ahora, hay otro tema que tienen que tener en cuenta: en caso de que sea independiente y se demore en hacer los pagos, no solamente puede no recibir los correspondientes a su trabajo, sino que las entidades no le prestarán el servicio, lo que sucede mucho con las EPS y, para “colmo de males”, también entrará “en mora”, lo que significa que empezarán a hacerle los cobros hasta que usted pague o, sea el caso, dé el anuncio correspondiente a las entidades que está afiliado, que no va a cotizar más.

Y si cambia de contrato, la cosa se puede complicar “¿Y ahora qué, si pasa de independiente a empleado?”.

Pensiones

Como ya lo hemos mencionado previamente en un artículo, un joven adulto debe cotizar en un fondo de pensiones. Pero esto no implica, solamente, que deba afiliarse y ya, pues la responsabilidad con su futuro va mucho más allá de eso: debe revisar que realmente se registren los pagos, que sean por el valor de su salario y que, si es su caso, verifique que la empresa sí ha pagado.

Esto, lo que traduce, es que cada tres meses, desde que empieza a cotizar, va a recibir un extracto con su historia laboral, al que debe hacerle un seguimiento para que, cuando en 30 años se vaya a pensionar, no sea uno de los miles de colombianos que hoy tienen problemas porque “las semanas no aparecen”, es decir, no les hicieron las cotizaciones y ahora deberán trabajar más.

Ahora, lo otro que debe saber como joven, es que tiene que cotizar al fondo de mayor riesgo, es decir que su dinero será invertido en más acciones que en activos “conservadores”, con el fin de que logre una mayor rentabilidad y, con ello, haga un mayor ahorro.

Le recomendamos leer “Así trabaje por días, le deben pagar su seguridad social sí o sí”.