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Código de Policía

Y si no paga las sanciones del nuevo Código de Policía ¿qué pasa?

Desde $ 98.360 hasta $ 786.880 son las multas por faltar a algunas de las multas contempladas en el Código de Policía. Le recordamos algunas de ellas y además le contamos qué pasa con los ciudadanos que queden morosos.

Katherinn Cuervo
21 de febrero de 2017

La ley 1801 de 2016 es la que expide el nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, con el cual se busca establecer las condiciones para la convivencia en el territorio nacional y corregir bajo normativas algunos comportamientos que afectan las buenas relaciones y su entorno.

Esta ley entró en vigencia el 30 de enero de 2017, solo que un día antes se determinó que se iba a dar un periodo de seis meses de gracia para que los ciudadanos se adaptaran a la nueva norma, ya que, finalmente desde hace 45 años no se le realizaba ningún tipo de ajuste.

Otras multas que contempla el código: ¡Pilas! Estas son las multas del nuevo Código Nacional de Policía

Por tal razón, durante este tiempo, la Policía Nacional tiene la tarea de divulgar el Código y dar a conocer cada una de las prohibiciones que podrían ser causa de sanción, pero eso no significa que no vayan a imponer multas sino que estas tendrán  carácter de pedagógicas.

El presidente Juan Manuel Santos fue quien comunicó que se debía tomar este tiempo, señalando que: “Este Código no es para encarcelar a más gente. Más bien es para prevenir y evitar que problemas de convivencia se conviertan en asuntos penales”.

El debate sobre el nuevo Código sigue abierto, algunos opinan que ya era hora de una normativa de dichas dimensiones, mientras que otros aseguran que no va a servir de nada que es solo una forma para  recaudar más dinero, que la solución es la educación y la cultura.

Y si no quieren pagar las multas

¿Servirá la medida? no se sabe  con certeza, para dar respuesta hay que analizar después de un tiempo cuando entre totalmente en vigencia la ley. Lo cierto es que el Código de Policía contempla en el artículo 182 que las consecuencias por mora o no pago de las multas son las siguientes:

Si no paga durante el primer mes:

- Cobro de intereses equivalentes al interés moratorio tributario vigente.

- Reporte dentro del Registro Nacional de Medidas Correctivas.

En 4Patas.com puede leer: Las razas que el nuevo Código de Policía considera potencialmente peligrosas

Si no paga dentro de los 90 días:

- Proceso de cobro coactivo, incluyendo intereses por mora y costos del cobro coactivo

Si no paga dentro de los 6 meses:

  • No podrá obtener o renovar permiso de tenencia o porte de armas.
  • No podrá ser nombrado o ascendido en cargo público.
  • No podrá ingresar a las escuelas de formación de la fuerza pública.
  • No podrá contratar o renovar contrato con cualquier entidad del Estado.
  • No podrá obtener o renovar el registro mercantil en las cámaras de comercio.

¿Cómo conseguir un descuento?

  • Si paga dentro de los cinco primeros días hábiles  que le impusieron la multa, podrá tener una rebaja del 50% de la misma.
  • A las personas que le pongan multas tipo 1 o tipo 2, podrán escoger entre pagar la sanción con dinero o con la participación en un programa comunitario o actividad pedagógica. (Esto solo es válido dentro de los cinco primeros días hábiles de impuesto el comparendo)
  • Las personas que tengan multas tipo 3 o 4 podrán tener un descuento adicional al primero mencionado del 25%, es decir, que recibirán un descuento del 75%. (Este beneficio solo se podrá aplicar durante el primer año de vigencia del Código).

Estos son algunas de las multas contempladas dentro los 245 artículos del nuevo Código de Policía: